Este lunes finalmente fue publicada en el Boletín Oficial la reglamentación del dólar agro. Pero las expectativas enormes que lo precedían no han convencido a todos por igual ya que cada sector económico tiene sus particularidades. Es el caso por ejemplo de las pequeñas bodegas que exportan una parte de su producción, los tiempos con que se manejará el dólar de las economías regionales -90 días- no les convence.
El decreto es un parche, una cortina de humo que para las pequeñas exportadoras no va a traer ninguna solución El decreto es un parche, una cortina de humo que para las pequeñas exportadoras no va a traer ninguna solución
Veamos primero la reglamentación completa del Dólar Agro, a la que pudo acceder Sitio Andino:
Uno a uno, todos los productos incluidos en el dólar agro
El anexo del decreto incluye una nómina de más de 50 productos y la novedad es la aparición de la carne, a la que no se había mencionado previamente.
El listado incluye:
Animales vivos.
Carne y despojos comestibles.
Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos.
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte.
Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte.
Plantas vivas y productos de la floricultura.
Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.
Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías.
Café, té, yerba mate y especias.
Cereales.
Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo.
Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje.
Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales.
Materias trenzables y demás productos de origen vegetal, no expresados ni comprendidos en otra parte.
Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos.
Azúcares y artículos de confitería.
Cacao y sus preparaciones.
Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería.
Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas.
Preparaciones alimenticias diversas, bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre.
Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre.
Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales.
Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados.
Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética.
Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas.
Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera.
Corcho y sus manufacturas.
Manufacturas de espartería o cestería.
Seda.
Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.
Algodón
También tenés toda la reglamentación, tiempos y requisitos para exportadores aquí.
El dólar agro y las bodegas
El dólar diferencial era muy pedido por los bodegueros. Hay que decir que la medida llega en un año en que la mayoría de los productores argentinos enfrentan enormes pérdidas por una temporada agrícola que primero fue devastada por la sequía y, en el caso de Mendoza, a ese problema se le sumaron heladas tardías que afectaron sobre todo a la ciruela y la vid en plena floración.
La Coviar ha señalado que habría unas 650 bodegas exportadoras alcanzadas por el nuevo dólar agro, pero desde los bodegueros hay dudas de que la medida realmente tenga impacto.
Jorge Rubio, de Bodega Jorge Rubio que tiene vinos reconocidos en el exterior como Privado, Finca Gabriel y espumantes de autor, expresa sus dudas sobre si el dólar agro tendrá relevancia en la economía mendocina.
“Lo malo es que solo es sólo por 90 días. O sea, a mí me reintegrarán con un dólar de $300 para lo cual tengo que inscribirme, sacar una cuenta especial en Banco Nación y encima no entran las exportaciones que ya enviamos –por ejemplo hace 15 días- sino las que salgan a partir de ahora”, explicó.
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Jorge Rubio, creador de los vinos de autor Privado y toda la serie Finca Gabriel, de Bodega Jorge Rubio.
Rubio, que además es enólogo, indica que “en una pyme regional no exportás todas las semanas, ni todos los meses”. Cuenta que cuando finalmente la bodega ha abierto un mercado nuevo para sus vinos, “el importador te pide una parte de contado y otra a 30 o 60 días a pagar después de que llega el contenedor”.
“Entonces, vos tenés que encajar toda esa operación de venta dentro de los 90 días. No sirve”, dice con total convencimiento. Añade que el decreto “es un parche, una cortina de humo que para las pequeñas exportadoras no va a traer ninguna solución”.
“El éxito de la medida dependerá también de la posibilidad de adelantar exportaciones que tengan las bodegas, es difícil imaginar un cambio estructural en el volumen exportado”, aclara también.
En resumen, lo que dice este bodeguero se escucha en otros sectores involucrados. Algunas empresas alimenticias de Mendoza no han sido tenidas en cuenta en el dólar agro y casi todos coinciden en señalar a las grandes exportadoras como el sector que realmente se beneficiará.