En Malargüe

Por faltas al Código Contravencional, suspendieron evento hípico

Este fin de semana, por transgresión al Código Contravencional, como se informó oficialmente hoy, se procedió a la suspensión de un acontecimiento ecuestre.

Por Claudio Altamirano

Autoridades de la Policía de Mendoza con asiento en Malargüe dieron detalles sobre la intervención que realizaron efectivos el domingo, promediando el mediodía, debido al incumplimiento al Código Contravencional de Mendoza. Según se dio a conocer, se estaba realizando un evento hípico, destrezas criollas, en un predio ubicado en el sector sureste del radio urbano.

Desde la Comisaría 24 Malargüe, en el informe suministrado este lunes a los periodistas locales, su vocero -el subcomisario Roberto Contrera- confirmó que “cerca de las 12 se toma conocimiento de un evento que se estaba desarrollando en inmediaciones de Colonia Hípica”, al sureste de la ciudad, puntualmente “en Calle Pública 72”.

“Se desplaza personal al lugar, como así también personal de Rentas de la Municipalidad de Malargüe, quienes determinan que este evento no se encontraba debidamente habilitado”, agregó el jefe policial.

En la comunicación, Contrera añadió que “se solicitan directivas a la jueza de Faltas de Malargüe, doctora María Paz Zabalegui, quien dispone entre otras medidas el cese de actividades, como así también el proceso correspondiente a su organizador por infracción a los artículos 69 y 114” del Código Contravencional de Mendoza, detalló el policía.

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Por faltas a los artículos 69 y 144 del Código Contravencional de Mendoza, suspendieron un evento hípico en Malargüe

Por faltas a los artículos 69 y 144 del Código Contravencional de Mendoza, suspendieron un evento hípico en Malargüe

El artículo 69 pena la “apertura abusiva de lugares de espectáculos públicos. El que abriere o mantuviere abiertos lugares de espectáculos públicos, para entretenimiento, reunión y práctica de deportes sin haber observado las prescripciones de la autoridad que tutelan la seguridad pública, será sancionado con multa de cuatrocientas y hasta un mil doscientas Unidades Fiscales, o con arresto desde dos días hasta seis días”.

El informe policial hace referencia al incumplimiento además del artículo 114 del Código Contravencional, el que sanciona a organizadores de “carreras de animales no autorizadas”, aclarando que “el responsable, administrador, explotador, apostador y el que organizare por sí o a través de terceros, carreras de animales no autorizadas, siempre que el hecho no constituyere delito, será sancionado con multa desde dos mil y hasta cinco mil Unidades Fiscales. o arresto de treinta días”, añadiendo que “cuando se cobrare al público en general o a personas en particular para ingresar al lugar donde se lleve a cabo la carrera no autorizada, la pena se elevará al doble en su mínimo y en su máximo”.

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