23 de abril de 2026
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Agresión

Violencia laboral: el sector privado y las mujeres encabezan el ranking de denuncias

Mendoza cuenta con una ley (2020) que busca prevenir y sancionar la violencia laboral. A raíz de esa norma, las victimas pueden denunciar casos de agresión.

Por Nimsi Franciscangeli

Se considera violencia laboral a toda conducta de acción u omisión, directa o indirecta, disposición, criterio o práctica, ejercida en el ámbito laboral que atente contra la vida, dignidad, libertad, seguridad personal, integridad física, moral, sexual, psicológica o social de los trabajadores o trabajadoras.

En relación a ese tema desde la Subsecretaría de Trabajo brindaron información actualizada sobre las denuncias. Según los datos obtenidos por Sitio Andino en casi dos años se abordaron más de cien denuncias.

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Violencia laboral: Se puede hacer la denuncia presencial en Av. San Martín 601, Ciudad de Mendoza. Subsecretaría de Trabajo.

Violencia laboral: Se puede hacer la denuncia presencial en Av. San Martín 601, Ciudad de Mendoza. Subsecretaría de Trabajo.

“Por semana, se atienden unas 8 consultas en forma presencial o telefónica, con la finalidad de informar a las personas sobre el trámite y sus alcances, lo cual no deriva necesariamente en una denuncia formal”, describieron desde la Subsecretaría.

Además detallaron que desde el 1 de enero de 2021 al 4 de octubre de 2022, la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de Mendoza abordó unas 136 denuncias por violencia laboral, desde la Oficina destinada a tal función.

Dentro del informe presentado se extrae que el 61% de tales presentaciones fueron realizadas por mujeres; 30% por hombres; 3% mujer y hombre; 3% mujer y gremio; y un 3% al gremio.

En tanto que las denuncias fueron iniciadas en un 71% desde el ámbito privado y en 29%, público.

Rubros más denunciados:

  • Comercio: 27%
  • Salud: 23%
  • Servicios: 22%
  • Educación: 15%
  • Industria: 8%
  • Seguridad: 2%
  • Automotriz: 1%
  • Limpieza: 1%
  • Hotelería: 1%

Con respecto a los tipos de violencia ejercidos, sobresale la modalidad psicológica (89%); le siguen: sexual, física y psicológica (4%), sexual y física (1%), sexual y psicológica (2%), psicológica y física (3%) y física (1%).

En este marco, vale agregar que fueron 317 los protocolos homologados (protocolos internos de empresas) por la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, desde la vigencia de la resolución 8820/16.

Procedimiento de la denuncia

El procedimiento de violencia laboral podrá iniciarse mediante denuncia efectuada por la víctima, testigo o tercero que haya tomado conocimiento del hecho, denuncia formulada por la representación sindical de la actividad o por el organismo estatal que lo advierta.

Respecto de las medidas de protección, la ley indica que, una vez ingresada la denuncia, la Subsecretaría de Trabajo y Empleo podrá sugerir acciones tendientes a la protección del trabajador o trabajadora, debiendo el responsable o superior jerárquico adoptar las medidas conducentes a preservar la integridad psicofísica de aquel o aquella, conforme los procedimientos tendientes a investigar, mitigar y sancionar la violencia.

A su vez, se resalta que toda denuncia por violencia laboral deberá estar acompañada del relato circunstanciado de los hechos y de las pruebas que sirven de sustento.

Consultas y denuncias:

Presencialmente, en Av. San Martín 601, Ciudad de Mendoza. También puede realizarse en las delegaciones departamentales.

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Habrá corte de luz en varios departamentos de Mendoza este jueves 23 de abril.

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