ver más
°
Para tener en cuenta

Se habilita la temporada de pesca deportiva en Mendoza: qué se puede pescar y dónde

Una resolución provincial redefine los criterios para la pesca deportiva. Las normas establecen condiciones que impactarán a pescadores y ambientes.

Por Sitio Andino Sociedad

La provincia oficializó la Temporada de Pesca Deportiva 2025/2026 a través de una nueva normativa que fija pautas unificadas para toda la provincia de Mendoza. La resolución define períodos, modalidades y ambientes habilitados, reforzando un esquema de control y conservación para el recurso ictícola y quienes practican esta actividad.

La normativa quedó establecida a través de la Resolución 327, firmado por la subsecretaria Nuria Ojeda, y unifica los criterios técnicos para el ejercicio de la pesca durante toda la temporada. Además, reafirma la obligación de contar con el carnet de pesca vigente en cada salida, una medida necesaria para evitar sanciones y garantizar la correcta fiscalización en los distintos ambientes.

Períodos habilitados por especie

La reglamentación organiza la actividad de acuerdo con los ambientes y ciclos biológicos de cada especie:

Salmónidos (truchas marrón, arco iris y fontinalis)

Pejerrey (patagónico y bonaerense)

Perca o trucha criolla

Carpas, dientudos y mojarras

Modalidades autorizadas

La normativa detalla técnicas específicas para cada especie:

pesca deportiva pescador 1

Unificación de criterios y controles: así será la pesca esta temporada 2025/2026.

Cantidades permitidas y ambientes habilitados

La resolución establece límites de captura por pescador y por excursión, diferenciados por departamento y cuenca.

Malargüe

San Rafael

San Carlos – Laguna del Diamante

Resto de la provincia

Captura y devolución obligatoria en períodos especiales

Según informó el Ministerio de Energía y Ambiente, la resolución incorpora dos períodos de captura y devolución obligatoria con mosca y anzuelo sin rebaba.

El primero de ellos es del 1 de mayo al 28 de junio de 2026 en: cuencas Atuel, Salado, Malargüe, Grande, Barrancas y ambientes seleccionados de San Rafael, Tunuyán y Mendoza. El segundo parte desde el 10 de junio al 30 de octubre de 2026 en: Coto Río Diamante, arroyos San Alberto, Yaucha, Gateado y Papagallos, y sectores del río Mendoza y Potrerillos.

DSC_1153-980x652

La resolución incorpora dos períodos de captura y devolución obligatoria con mosca y anzuelo sin rebaba.

Zonas vedadas

El artículo 10 identifica ambientes donde la pesca permanece prohibida durante todo el año, entre ellos:

Medidas de bioseguridad y preservación

Para evitar la dispersión de especies invasoras y patógenos se deben tener en cuenta estas normativas:

En último caso se detalla la limpieza de barro y vegetación; lavado con detergente, lavandina al 2%, inmersión en agua salada al 5% o agua a 60°C; secado al aire y al sol durante 48 horas.

La resolución también dispone que continúan vedadas las siembras de salmónidos, salvo autorización expresa de la autoridad competente. Desde la Subsecretaría destacaron que este esquema permite brindar claridad a pescadores, guardaparques y equipos de control, fortaleciendo la gestión ambiental y la protección de los ecosistemas vinculados a la pesca deportiva en la provincia.

Te Puede Interesar