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Qué sanciones se aplican

Deudores alimentarios en Mendoza: miles de expedientes y casos que llevan más de 20 años

La Ley 6879 y el Código Civil habilitan medidas estrictas contra deudores alimentarios. Los embargos, prohibiciones y sanciones buscan garantizar el pago.

Por Celeste Funes

Hasta los primeros días de diciembre, el Poder Judicial de Mendoza contabiliza más de 2000 expedientes en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el cual está disponible para su consulta en la plataforma oficial del organismo. Entre los datos más relevantes, figura un caso con más de dos décadas de antigüedad que continúa formando parte del listado.

Deudores alimentarios: qué multas prevé la ley y cómo actúa la Justicia en Mendoza

De acuerdo con la información aportada a SITIO ANDINO por fuentes del Poder Judicial, las primeras acciones ante el incumplimiento de la cuota alimentaria se orientan a lograr que la persona obligada regularice su deuda. Para ello, la medida inicial suele ser el embargo, ya sea de haberes, cuando el deudor se encuentra en relación de dependencia, o de bienes registrables, como automotores, motocicletas o inmuebles. Sin embargo, cuando la persona trabaja de manera informal o no posee bienes, el proceso se complejiza y las alternativas para asegurar el pago se reducen.

Las fuentes detallaron que el Código Civil, en sus artículos 553 y 670, autoriza a los jueces a adoptar medidas razonables para garantizar el cumplimiento de lo ordenado en la sentencia. Estas medidas no se encuentran enumeradas de manera taxativa, lo que permite a los magistrados y a las partes interesadas proponer acciones que puedan resultar efectivas según las características del caso.

Entre las medidas más habituales figuran la inserción en el Registro de Deudores Alimentarios, la imposición de astreintes (multas económicas), la prohibición de salir del país y la prohibición de renovar la licencia de conducir, excepto en situaciones justificadas por motivos laborales. Otras sanciones dependen de la creatividad judicial y de lo que la parte actora pueda aportar respecto de la vida laboral, profesional o social del deudor. En esa línea, se han aplicado restricciones vinculadas a actividades deportivas o recreativas, como la prohibición de ingresar a un club de fútbol del cual la persona es socia o simpatizante.

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Cuando el deudor es profesional matriculado, los magistrados pueden notificar su condición de deudor alimentario al colegio profesional correspondiente, como una forma de sanción ética o disciplinaria.

La Ley 6879, por su parte, establece en su artículo 4 que los organismos públicos de Mendoza no podrán otorgar habilitaciones, licencias, permisos, concesiones ni designar funcionarios jerárquicos a quienes estén inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios. Según explicaron autoridades judiciales, en diferentes eventos masivos se ha impedido el ingreso de personas que presentaban prohibiciones vigentes, incluso cuando contaban con entradas adquiridas.

En algunos casos, cuando el deudor es profesional matriculado —como contador, psicólogo u otras disciplinas—, los magistrados han notificado su condición de moroso al colegio profesional correspondiente, como una forma de sanción ética o disciplinaria.

Qué es el Registro de Deudores Alimentarios

El documento disponible en la página oficial del Poder Judicial de Mendoza reúne a quienes poseen deudas alimentarias firmes, certificadas por los juzgados intervinientes. Su actualización periódica permite dar seguimiento a los procesos judiciales y también es exigido para múltiples trámites administrativos donde se solicita acreditar la inexistencia de deudas de este tipo.

La presencia de expedientes antiguos, como el caso ingresado el 25 de abril del año 2000 ante el Juzgado de Familia de Maipú, evidencia procesos prolongados, dificultades para ejecutar sentencias o imposibilidad de localizar al deudor. También deja ver la importancia de contar con mecanismos de control eficaces y con medidas que aseguren el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

El Registro de Deudores Alimentarios funciona así como una herramienta que resulta clave para garantizar que las infancias y adolescencias reciban el sostenimiento económico que les corresponde por ley.

Cuánto se debe abonar de cuota alimentaria en 2025

La cuota alimentaria es una responsabilidad legal de los progenitores de hacerse cargo de los gastos de niños, niñas y adolescentes que no puedan mantenerse por sí mismos. Se trata de un derecho esencial destinado a garantizar el acceso al alimento, vivienda, educación, salud y esparcimiento.

Si bien no existe un monto fijo a pagar, la cuota se fija como un porcentaje del ingreso neto del progenitor que debe abonarla. Por ello, suele ubicarse entre el 20% y el 30% por cada hijo, aunque no hay un tope máximo establecido.

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La cuota alimentaria responde a un derecho esencial de los niños, niñas y adolescentes, destinado a garantizar el acceso al alimento, vivienda, educación, salud y esparcimiento.

Al estar determinada en función de un porcentaje, puede acordarse su actualización automática según los cambios en los ingresos o la inflación. Como publica el medio El Cronista, el monto se puede calcular tomando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mes anterior al que rige. Es decir, si debo abonar la cuota alimentaria en diciembre, a la cantidad determinada debo aplicarle un aumento del en torno al 2% -estimación de la inflación de noviembre.

A modo de ejemplo, un padre o madre que abonó la cuota alimentaria en noviembre, bajo este cálculo, pagó:

De todas formas, los montos y las medidas para que un progenitor moroso pague se evalúan caso por caso, y deben guardar relación con la deuda y la posibilidad de lograr que la persona cumpla con la obligación alimentaria.

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