La iniciativa para bajar la edad mínima para acceder a la licencia de conducir en la provincia de Mendoza recibió despacho por parte de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, por lo cual, quedó habilitada para su tratamiento en la sesión del próximo miércoles. El objetivo es que los jóvenes de 17 años puedan obtener el carnet.
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Licencia de conducir a partir de los 17 años: con restricciones, avanza el proyecto en la Legislatura de Mendoza
La iniciativa para bajar la edad mínima para acceder a la licencia de conducir obtuvo despacho y será tratada en el recinto el próximo miércoles.
El proyecto busca modificar la Ley de Tránsito provincial y apunta a alinearse con lo que ocurre en casi todo el resto del país donde los chicos pueden comenzar a conducir antes de cumplir la mayoría de edad. La propuesta es impulsada por la legisladora María Eugenia De Marchi para intentar dar respuesta a necesidades económicas y sociales de familias mendocinas.
Licencia de conducir habilitada a los 17 años: cómo se aplicará
El proyecto habilita la obtención de la licencia de conducir a los 17 años para las categorías A y B —motocicletas de baja cilindrada y automóviles particulares—, bajo ciertas condiciones particulares: carácter provisorio y probatorio, sujeta a la autorización expresa y por escrito de los padres, tutores o representantes legales; aprobación de un curso obligatorio de educación vial así como de un examen psicofísico y práctico de conducción, de conformidad con las exigencias requeridas para la licencia definitiva como mínimo.
También incluye la prohibición de conducir entre las 23 y las 6, salvo que circule acompañado por un adulto responsable, con licencia vigente; la tolerancia cero de alcohol y estupefacientes, sin excepción. Otro de los puntos centrales de la propuesta es que la licencia podría ser revocada de manera inmediata ante la comisión de una infracción.
A partir de esa edad también quedaría habilitada la posibilidad de conducir profesionalmente. De esta manera, se adhiere parcialmente a la Ley Nacional de Tránsito, incorporando además de la licencia de conducir graduada para las categorías mencionadas, la expedición de la licencia de conducir categorías C y G – camiones sin acoplado y tractores y maquinarias agrícolas - a personas mayores de 18 años; y categoría D y E - Transporte de Pasajeros, Emergencia y Seguridad y Cargas Pesadas, Articulados y Maquinaria no agrícola - sólo a personas mayores de 21 años, con los requisitos correspondientes establecidos por la reglamentación.
Otros detalles del proyecto
El proyecto incorpora como falta grave la evasión, el sorteo o la embestida de barreras bajas en estaciones de peaje autorizadas, tanto en vías manuales como automáticas y de identificación automática de vehículos. También contempla como infracción cualquier forma de evadir el pago del peaje, e incorpora la posibilidad de aplicar un mecanismo de reducción de puntos a la Licencia Nacional de Conducir, conforme a los principios generales y pautas de procedimiento que determinen la legislación nacional, la Ley 9.024 y su reglamentación.
También establece que la libertad, seguridad y fluidez de circulación no podrá estar comprometida por la ocupación de la vía pública, salvo las excepciones previstas para estaciones de cobro de peajes, controles de cargas, peso y dimensiones, obras básicas de infraestructura vial y obras básicas para el funcionamiento de servicios esenciales, indicando que en casos de obstáculos anormales, la autoridad de aplicación sobre la vía deberá actuar de inmediato y coordinar con los demás poderes, dependencias u organismos competentes las acciones necesarias para solucionar la situación.