El presidente de la Nación, Javier Milei, envió hoy al Congreso de la Nación el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que desregula la economía y abre la puerta a la privatización de empresas públicas, la medida será tratada por el Poder Legislativo durante los próximos 10 días hábiles.
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El mega DNU de Milei ingresó al Congreso por el Senado
Según supo Noticias Argentinas, el extenso texto ingresó por el Senado para ser analizado en la Comisión Bicameral que debe estar integrada por ocho senadores y ocho diputados, aunque aún no fue conformada por diferencias entre el oficialismo y la oposición.
Una vez transcurrido el tratamiento, la Comisión emitirá dictamen respecto de la validez de la medida y, en caso de avanzar, el DNU tiene que ser aprobado por una de las dos cámaras legislativas para mantener su vigencia.
En tanto, para que el decreto pierda validez de forma permanente es necesario que sea rechazado tanto por Diputados como por el Senado.
La norma que envió el Ejecutivo al Senado viene sufriendo múltiples cuestionamientos por parte del Poder Judicial, aunque el primer fallo que le puso un freno llegó a través de la Cámara Nacional del Trabajo, que hizo lugar a un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y dictó una medida cautelar.
De esta manera, la Cámara consideró que no se habría configurado la situación de “extrema urgencia” requerida para que el Poder Ejecutivo pueda legislar sobre temas que son potestad del Congreso Nacional y suspendió los artículos del DNU vinculados a reformas en el ámbito laboral.
Tras darse a conocer la decisión del fuero laboral, el Gobierno anunció la presentación de una apelación al fallo elaborada por el Procurador General del Tesoro, Rodolfo Barra.
A pesar del anuncio del Ejecutivo, pasado el mediodía de ayer, el DNU tuvo un nuevo revés cuando la Cámara Nacional del Trabajo dictó una nueva cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del decreto de Milei.
La segunda cautelar tuvo lugar mediante una solicitud de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA), que conduce Hugo Yasky, un día después de disponer una medida similar por pedido de la CGT.
Qué es un Decreto de Necesidad y Urgencia y cómo es su procedimiento
El DNU, Decreto de Necesidad y Urgencia, es una normativa que el Presidente emite en circunstancias excepcionales, evitando el procedimiento ordinario del Congreso. Según el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional, el Presidente puede dictar un DNU sólo "cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios". Es decir, que un proyecto de ley sea tratado y aprobado por ambas cámaras porque les es imposible a las cámaras del Congreso reunirse debido a acciones bélicas o desastres naturales que así lo determinan. Y agrega, como segunda circunstancia: “Que la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente, en un plazo incompatible con el que demanda el trámite normal de las leyes”.
Además, el artículo prohíbe su utilización en 4 casos: cuando se trata de normas que regulan materia penal, cuando se trata de un tema tributario, cuando se regula material electoral o cuando se trata del régimen de los partidos políticos.
“Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos, (el Presidente de la Nación) podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el Jefe de Gabinete de Ministros”, indica en forma textual la Constitución en la reforma de 1994.
¿Cómo se rechaza o aprueba un DNU?
El Congreso tiene la facultad de rechazar un DNU con votos mayoritarios en ambas cámaras. Si sólo una lo aprueba, el decreto es válido. La Ley 26.122, vigente desde 2006, regula el proceso y establece que el Congreso no puede modificar un DNU, solo aceptarlo o rechazarlo.