16 de noviembre de 2025
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Sesiones extraordinarias

El Congreso espera por el DNU de Milei: ¿cuáles son los pasos a seguir?

Ante la presentación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei, el Congreso espera para sesionar.

Diputados y en Senado definen los nombres de los legisladores que integrarán aquellas comisiones que deberán trabajar durante el verano. Los diferentes bloques están reuniéndose para definir a sus representantes en cada una de las comisiones.

La idea del oficialismo es que el Congreso comience a funcionar apenas arriben los primeros proyectos. Apenas sean presentados, se prevé que el Poder Ejecutivo convoque a sesiones extraordinarias.

Cuál es el camino de los DNU en el Congreso

Ante la cadena nacional de Javier Milei donde dio detalles sobre el DNU, vale aclarar que la comisión que dictamina los Decretos de Necesidad y Urgencia enviados por el Poder Ejecutivo no requiere la convocatoria a sesiones extraordinarias por parte del Presidente para ponerse en marcha. Forma parte de las comisiones "permanentes".

Al igual que cualquier DNU, el gobierno de La Libertad Avanza para desregular la economía tendrá un largo camino que recorrer. Pero, en el mientras tanto, tendrá fuerza de ley.

Los pasos que debe seguir cualquier decreto de necesidad y urgencia

Como cualquier decreto, debe ser dictado por el presidente, pero, en este caso, debe hacerlo en conjunto con el jefe de Gabinete y todos los ministros.

Saldada esa instancia, el decreto debe ser enviado por el jefe de Gabinete a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, que integran 8 diputados y 8 senadores cuyos nombres, hasta ahora, son una incógnita.

Ese trámite debe hacerse en un plazo que no supere los 10 días. Luego, la Bicameral deberá elevar un dictamen, y enviarlo a la cámara de diputados y a la de senadores. Esta elevación tampoco puede demorar más de 10 días. Los dictámenes de esta comisión se conforman con la firma de la mayoría absoluta de sus miembros. Y, si hay más de un dictamen con igual número de firmas, el dictamen de mayoría es el que lleva la firma del presidente (cuya firma equivale a dos votos).

En este paso, la comisión deberá expedirse acerca de la validez o invalidez del decreto. En el dictamen deberá pronunciarse expresamente sobre la procedencia formal y la adecuación del decreto a la materia y a las bases de la delegación, y al plazo fijado para su ejercicio.

Saldada esa instancia, cada Cámara tiene que emitir una resolución en la que expresa si apoyo o rechaza el DNU. En concreto, ni Diputados ni Senado pueden introducirle enmiendas, agregados o supresiones al texto proveniente del Ejecutivo. El Poder Legislativo debe circunscribirse a la aceptación o rechazo de la norma mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.

Ahora bien, si ambas cámaras rechazan el DNU, este pierde validez de forma permanente. Sin embargo, quedan a salvo los derechos adquiridos mientras la norma estaba en vigencia. De lo contrario, el DNU sigue vigente, como una ley más. Fuente: El Cronista

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Infografía realizada por Chequeado.com

Infografía realizada por Chequeado.com

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