A poco más de nueve meses de publicada la ley 26.831 en el Boletín Oficial y de un mes de dar a luz el decreto que la reglamenta y la resolución que la instrumenta se advierte en la industria preocupación por la exigencia a las empresas y entidades emisoras de deuda y de otros instrumentos financieras de rotar, es decir cambiar cada cuatro años a la Agencia Calificadora de Riesgo, como grupo empresario, no por instrumento.
- Sitio Andino >
- Economía >
La reglamentación de la Ley de Mercado de Capitales impedirá el financiamiento a largo plazo
Esa fue una de las novedades que surgió de los anexos de la Resolución 622/2013 de la Comisión Nacional de Valores de la Ley 26.831 y el decreto reglamentario 1023. Dispone la rotación cada cuatro años de las Agencias de Calificación de Riesgos por grupo empresario.
Otros obstáculos
"Esto le pone un límite a la posibilidad de darle profundidad y desarrollo del mercado de capitales, porque así como está se concentrará en operaciones con un horizonte finito máximo de 4 años", pero desde la firma de cada nuevo contrato comenzará a achicarse.
"Le pone un límite a la posibilidad de darle profundidad al mercado", Daniel Rúas
"Otro impacto negativo que provocará la rotación obligatoria cada 4 años sobre la estabilidad financiera de los mercados, además del señalado límite a los plazos de las emisiones, se agrega el incremento de la volatilidad de los instrumentos; la posibilidad de cambios de calificación o falta de ello, porque no todas las ACR siguen los mismo criterios y procedimientos para sus evaluaciones; incentiva la especulación por cambio de calificación e interrumpe el análisis de los reportes estadísticos de las calificaciones", observa Rúas.
Además, destacó Rúas, "la rotación de agencias genera para los emisores el riesgo de no poder reemplazar la ACR, porque no reúne las exigencias de los accionistas, genera conflicto cuando se usan las opiniones para negociar con inversores o contrapartes del exterior; provoca obstáculos a aquellos que simultáneamente emiten mercados domésticos e internacionales y dificulta la relación con las agencias de emisores frecuentes y emisores de diferentes familias de fideicomisos calificadas por diferentes agencias".
Fuente: Infobae
