Fiscalía ratificó que no se puede entregar aguas del Atuel a La Pampa con los criterios del convenio de Jaque

La senadora nacional había presentado un pedido de nulidad sobre el convenio que se firmó en el 2008 por el uso del río Atuel.

Por Sección Política

La senadora nacional de la UCR había presentado un pedido de nulidad sobre el convenio que se firmó durante el gobierno de Celso Jaque con la provincia de La Pampa por el uso del río Atuel. Ayer la Fiscalía de Estado desestimó el pedido de la legisladora para que se plantee en la justicia, sin embargo brindó coincidencias en el fondo de la cuestión.

En el blog de la Fiscalía de Estado se reconoce que de las pruebas ofrecidas por Montero, se advierte que las mismas son en cierta medida “concordantes con la información recabada, las actuaciones acumuladas y con criterios mantenidos por Fiscalía de Estado respecto al fondo del tema en cuestión”.

Aquí se exponen los motivos por los cuales se desestimó el pedido: “Es criterio de Fiscalía de Estado que el convenio firmado no produce efectos legales a la fecha, razón por la cual se desestima, en ésta etapa, el pedido de nulidad pretendido toda vez que no resulta procedente este tipo de procedimiento sobre instrumentos que no causan efectos jurídicos; ello sin perjuicio de que se continúe avanzando sobre la problemática planteada.

La Fiscalía de Estado como Órgano de Control Extra-Poder tuvo en cuenta especialmente el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (3/12/87 “La Pampa c/ Provincia de Mendoza p/ acción posesoria de aguas”) que definió que Mendoza tendría un derecho a riego sobre 75.561 hectáreas en el Oasis Sur, y que los usos consuntivos y futuros deben ser convenidos por Mendoza y La Pampa. La aclaratoria de 1988 emitida por la CSJN señala que las restantes 57075 hectáreas concedidas por Mendoza no han sido anuladas y que podrán satisfacerse cuando exista agua. El resultado de la sumatoria que un total de 132.636 hectáreas surge del Tratado del 17 de Junio de 1941 firmado por la Nación en virtud de la Ley 12650 y ratificado por Mendoza por la Ley 1427.

De las actuaciones surge que el convenio del 2008 establece un caudal permanente para la Provincia de La Pampa, sin tomar en cuenta si se trata de años hidrológicos pobres o ricos, y sin exigir que previamente se efectúen las obras que dicho convenio establece para el mejor aprovechamiento del recurso hídrico, vulnerando así los derechos adquiridos por los regantes mendocinos.

“Este convenio firmado por el ex gobernador Jaque no cuenta con aval de la legislatura, no tiene consenso social, ni de la junta Honoraria de Inspecciones de cauces, ni de las subdelegaciones de agua de las cuencas sureñas. Se hizo entre gallos y medianoches y no se consultó a nadie. Lo resuelto por la Fiscalía es claro, no interviene porque no tiene aval y no se ha concretado en los hechos, y deja trascender que de avalarse esto, su postura coincide con los planteos que ya realicé al respecto”; indicó la senadora.

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