De esta forma, el fallo condenó al automovilista que atropelló y causó el deceso de Leonardo Gustavo Ariel Bravo, quien al momento del siniestro conducía una moto.
De esta forma, el fallo condenó al automovilista que atropelló y causó el deceso de Leonardo Gustavo Ariel Bravo, quien al momento del siniestro conducía una moto.
El hecho ocurrió el 22 de marzo del 2009 cuando el reloj marcaba las 6.30. Según las actuaciones, la víctima circulaba en una moto Sumo, por el Acceso Sur de Godoy Cruz, en sentido sur-note.
Las pericias indicaron que lo hacía por su carril derecho, y llevaba como acompañante a Vanina Jaquelina Araguna, pero que a unos 500 metros del cruce con Sarmiento, fueron embestidos por un vehículo.
Fue una camioneta Mitsubishi Nativa, dominio CHU740, que manejaba Juan Pablo Masera Bastán, la cual embistió de atrás al pequeño rodado, provocando que los dos ocupantes fueras despedidos y quedaran tendidos en el asfalto.
El impacto fue de tal violencia, que Bravo falleció en el lugar, según confirmaron los propios médicos del SEC. En tanto que su acompañante resultó seriamente lesionada.
La pareja de Bravo fue la encargada de iniciar la demanda contra Masera Bastán y la Justicia le dio la razón. En el fallo, el juez Luis Ángel Plana Alsinet afirmó que el hecho de la muerte tuvo como causa inmediata la fractura de cráneo, y esto fue a consecuencia del impacto que le produjera Masera con su camioneta sobre la parte de atrás de la moto.