Reforma de la justicia

Julio Alak: "Vamos a respetar lo que dice la Corte Suprema"

El ministro de Justicia aseguró por C5N que el fallo que declaró inconstitucional cuatro artículos de la reforma a la Magistratura "desconoce a la voluntad popular".

Por Sección Judiciales

El ministro de Justicia Julio Alak,sostuvo este martes que el fallo de la Corte Suprema que declaró la inconstitucionalidad de la ley de elecciones directas para los miembros del Consejo de la Magistratura "desconoce la voluntad popular expresada en el Congreso de la Nación" y anunció que, sin embargo, el Gobierno "lo respetará".

"Los jueces, los abogados y los académicos seguirán eligiéndose entre sí, y por sí mismos, para acceder a un cargo de funcionario público", señaló el funcionario, y advirtió: "En el dilema sufragio universal o voto calificado, se optó por el voto calificado".

Alak subrayó que "la sociedad quiere una justicia independiente, incluso de sí misma, y no una que privilegie sus intereses corporativos por sobre el bien común".

"Respetaremos el fallo de la Corte aunque no estemos de acuerdo, pero es importante tener en cuenta que el primer intérprete de la Constitución Nacional es el Congreso, donde está expresada la voluntad popular, que es a la que nos debemos", destacó el funcionario.

En ese sentido, afirmó que será la propia presidente Cristina Fernández la que defina si se acudirá a tribunales internacionales para apelar la decisión de la Corte.

En este campo, Alak reconoció la facultad de la Corte de controlar la constitucionalidad de las normas dictadas por el Parlamento, de la que da cuenta el voto de mayoría en este caso, pero recordó que, históricamente, el propio máximo tribunal "ha reconocido que existen materias reservadas al poder político, las cuales no son justiciables". Y subrayó que "ésta es una de ellas".

Como ejemplo citó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo en su momento que la evaluación de la conveniencia o eficacia (acierto) de los medios arbitrados por el legislador para lograr los fines por él propuestos, es materia ajena al Poder Judicial (Fallos CSJN 300:642 Y 700).

Alak explicó que la cantidad de miembros del Consejo de la Magistratura y el método de elección de esos representantes no están establecidos en la Constitución, y su reglamentación constituye, por lo tanto, una cuestión de política legislativa, que debe ser definida en el contexto armónico del plexo constitucional que no puede ser suplantada por la voluntad del juez. "Lamentablemente, una vez más la Justicia ha reemplazado la voluntad del legislador, y todos sabemos que los jueces no deben gobernar", afirmó.

Fuente: Minuto Uno.

Las Más Leídas

Telekino: resultados y números ganadores del sorteo 2362 del domingo 9 de febrero
La vitivinicultura pierde al gran referente de los espumantes argentinos
Dolor en San Rafael: murió el chico de 12 años que fue atropellado por un vehículo
Tragedia en San Rafael: una niña de 13 años cayó a un canal y murió ahogada
Sofocante, el pronóstico del tiempo para este domingo 9 de febrero en Mendoza

Te Puede Interesar