La Suprema Corte de Justicia bonaerense suspendió hoy la aplicación de la ley que limita las excarcelaciones de detenidos por portación ilegítima de armas de fuego por considerar que sus disposiciones resultan contrarias a derechos y garantías constitucionales y tratados internacionales.
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La Corte Suprema suspendió la ley que limita las excarcelaciones en Buenos Aires
El máximo tribunal decidió esto luego de recibir una denuncia del Centro de Estudios Legales. Quedará suspendida hasta que haya sentencia definitiva.
La ley, que fue promovida por el gobernador Daniel Scioli y aprobada el 13 de diciembre último, limita las excarcelaciones para aquellas personas que al momento de ser detenidas, porten armas de fuego no registradas.
El máximo tribunal bonaerense no se expidió sobre la cuestión de fondo, es decir el planteo de inconstitucionalidad realizado por diferentes organismos de derechos humanos y defensores oficiales, pero suspendió la ley tras su publicación en el Boletín Oficial el pasado 8 de febrero.
La decisión fue suscripta por seis de los siete integrantes del Tribunal, Eduardo de Lázzari, Héctor Negri, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Juan Carlos Hitters e Hilda Kogan, en tanto que el juez Daniel Soria se halla de licencia.
La anterior ley limitaba las excarcelaciones sólo cuando existía peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación.
El nuevo texto agregó que "tampoco se concederá la excarcelación cuando, en los supuestos de tenencia o portación ilegítima de arma de fuego de cualquier calibre, el imputado hubiera intentado eludir el accionar policial, evadir un operativo público de control o, de cualquier otro modo, desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento.
En su voto, los jueces De Lázzari, Negri y Genoud coincidieron en que "el derecho a la excarcelación constituye una garantía del imputado detenido" y "es por ello que, como principio, no cabe limitar la posibilidad de excarcelación convirtiendo la prisión preventiva en una carga más gravosa para el imputado que la posible pena que le correspondería de ser condenado".
Recordaron que la Constitución provincial establece en su artículo 21 como regla esencial que "podrá ser excarcelada o eximida de prisión, la persona que diere caución o fianza suficiente".
Los magistrados también remarcaron que la "falta de proporcionalidad se torna notoria cuando se advierte la contradicción en que se hace incurrir al ordenamiento jurídico", ya que el artículo 26 del Código Penal posibilita a los imputados por este delito acceder a una condena de ejecución condicional.
La demanda de inconstitucionalidad fue iniciada por el CELS, la Comisión por la Memoria (CPM), el Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ), el Centro de Estudios de Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC) y defensores públicos bonaerenses.
Los demandantes cuestionaron la reforma al considerar que "viola la Constitución Provincial y los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos".
El diputado por Nuevo Encuentro Marcelo Sain también había rechazado la iniciativa al considerar que la ley de excarcelaciones "es inconstitucional por donde se la mire".
Por su parte, el defensor juvenil de La Plata, Julián Axat, celebró hoy la decisión de la Corte y propuso "generar una discusión sobre el alcance de las políticas criminales como las que propone el Gobierno provincial que, con el fin de canalizar demandas de seguridad, proponen salidas facilistas y demagógicas castigando a los sectores vulnerables".
Fuente: Télam