El Banco Central, en su reunión de directorio, aprobó una serie de medidas en el marco de la mayor injerencia sobre el sistema bancario que viene teniendo.
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Los bancos deberán publicar los costos de sus productos en internet
El BCRA aprobó un conjunto de medidas para fortalecer la protección de los usuarios de servicios bancarios. Habrá sanciones para entidades que no respondan en tiempo y forma.
Por otro lado, el Central fijó la obligación para las entidades financieras de comunicar al BCRA, con 90 días de antelación, las comisiones y cargos de servicios y productos y sus eventuales modificaciones.
Más allá de que recientemente el Central pactó que el promedio de la suba de las comisiones sea del 15% (cajas de seguridad, por ejemplo, treparon más de 70% y servicios básicos sólo el 10%), la idea en este caso es que los bancos no puedan automáticamente subir los costos a los clientes.
Anteriormente, las entidades informaban 60 días antes a los usuarios de los aumentos en las comisiones de los distintos productos. Ahora deberán sí o sí informarlo al Central previamente. Y, se supone, deberán negociar la suba. De esta manera, el Central no corre "detrás" como sucedió con la idea de la banca de aumentar 25% las comisiones. Algo que finalmente fue atenuado en una reunión convocada por Mercedes Marcó del Pont.
"El incumplimiento de las normas antes mencionadas derivará en la aplicación de las sanciones previstas en la ley de entidades financieras", resalta el Central.
"La normativa aprobada por el directorio se adecua a los términos de la nueva Carta Orgánica del BCRA y afianza el protagonismo activo de este organismo en la defensa de los intereses de los usuarios de servicios financieros", añade la entidad.
Atención al cliente
Se sancionó además un texto de "protección de los usuarios de servicios financieros", al que deberán sujetarse los bancos y casas de cambio.
Allí se detalla que las entidades deberán contar con un servicio de atención al usuario de servicios financieros y designar a un "funcionario responsable" de llevarlo adelante.
Este servicio de atención deberá tramitar y dar respuesta a presentaciones, consultas y reclamos que los usuarios efectúen ante la respectiva entidad. No significa que habrá una persona en cada sucursal. Pero sí que la persona pueda pedir el nombre y forma de contacto del "responsable" de la entidad para efectuar su reclamo.
La resolución de toda consulta o reclamo de los usuarios por parte de las entidades alcanzadas deberá efectivizarse en un plazo máximo de 20 días hábiles. Pasado ese plazo, habrá una sanción.
Asimismo, el usuario tendrá derecho a efectuar el seguimiento de su presentación. Para eso, la entidad le deberá informar el estado del trámite cada vez que lo requiera.
"Las entidades alcanzadas deberán informar en sus páginas web y en sus sucursales la existencia del servicio de atención al usuario, así como el nombre del responsable del servicio y las alternativas para contactarlo", aclara el Central.
Los usuarios podrán recurrir al BCRA ante la falta de respuesta satisfactoria por parte de las entidades a sus presentaciones o reclamos.
Por separado, la normativa aprobada establece la obligatoriedad para las entidades alcanzadas de facilitar el acceso y la atención en las casas operativas de personas con movilidad reducida, así como proveer servicios en cajeros automáticos a personas con dificultades visuales.
Fuente: Infobae
