Durante el mes de receso en los tribunales solamente se atenderán aquellos casos urgentes cuya tramitación no admita demoras y aquellos en los que los magistrados, expresamente, hubiesen "habilitado la feria".
8 de abril de 2026
Durante el mes de receso en los tribunales solamente se atenderán aquellos casos urgentes cuya tramitación no admita demoras y aquellos en los que los magistrados, expresamente, hubiesen "habilitado la feria".
video