Una brecha quedó abierta desde la última aplicación impositiva del 15% a los pagos en el exterior realizados con tarjeta de crédito. En caso de consentimiento de la empresa, el personal podrá evitar el recargo tributario de la AFIP utilizando las tarjetas corporativas -otorgadas por la empresa- para los consumos en el exterior.
Según informa el diario El Cronista, desde el viernes pasado aumentaron significativamente los pedidos de este tipo de medio de pago en una importante cantidad de bancos.
Los especialistas consultados por el matutino indican que los usuarios de las tarjetas corporativas podrán trasladar el recargo del 15% en los gastos del exterior a la empresa. Ahora bien, ello se podrá realizar en tanto los consumos refieran directamente al tipo de actividad que desarrolla la firma.
De esta forma, el personal que disponga de este beneficio efectúa los pagos en el exterior con tarjeta y, una vez regresado al país, reembolsa a la firma los gastos al tipo de cambio oficial. Solo pagará el precio de lo abonado, puesto que la empresa podrá deducir el 15% del tributo de la declaración de Ganancias.
En el país, el uso de tarjetas corporativas por las empresas está lejos de constituirse en una de las herramientas centrales de financiación -sólo suele utilizarlo un segmento reducido de grandes firmas-. A partir de una investigación efectuada por American Express, el 91% de los gastos de las empresas se hacen con cheques, efectivo y otros medios de pago, mientras que sólo el 9% utiliza los plásticos ejecutivos.
Fuente: Infobae
