Por iniciativa del edil justicialista Pablo Giaquinta, el Concejo Deliberante de Luján de Cuyo adhirió a las sanciones que le corresponden, por ley provincial, a los deudores alimentarios morosos.
Por iniciativa del edil justicialista Pablo Giaquinta, el Concejo Deliberante de Luján de Cuyo adhirió a las sanciones que le corresponden, por ley provincial, a los deudores alimentarios morosos.
El texto de la ordenanza que aprobaron los concejales en la sesión pasada modifica el artículo 1º de la Ordenanza Nº 9739/2010, el que a partir de ahora quedó redactado así: El Municipio de Luján de Cuyo adhiere al régimen de la Ley provincial Nº 6.879, con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 8.326, a los efectos de asegurar en el Departamento, la plena efectividad de los Artículos 4º y 6º del texto legal. En consecuencia, no podrán otorgarse habilitaciones, concesiones, licencias, permisos, ni designarse como funcionarios jerárquicos, ni celebrarse contratos de locación, con quienes se encuentren incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Giaquinta explicó que la comuna, por intermedio del área competente, evacuará cualquier consulta formulada por habitantes del Departamento, con relación a datos correspondientes al Registro de Deudores Alimentarios Morosos, para la cual se consultará la página web del Registro, se imprimirá copia de los resultados de la búsqueda y se entregarán con la firma del funcionario que la haya realizado, el que dejará constancia en un libro especial, de cada una de las consultas que se formulen y de los datos brindados por el Registro con relación a las mismas.
Uno de los puntos principales de la ordenanza indica que el municipio publicará mensualmente, en su página web y en medios departamentales que lo requieran, la misma nómina de deudores alimentarios morosos, que el Registro remita al diario de circulación masiva y a los medios periodísticos de difusión provincial.

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