Criterios de selección

Desde el 23 las empresas podrán inscribirse para pagar sueldos de julio con los Repro

Por Sección Economía

El Gobierno estableció que la inscripción al Programa Repro II para el pago de los salarios de julio será entre el viernes 23 y el jueves 29 de este mes

Las empresas que requieran asistencia estatal para hacerlo deben presentar la documentación requerida entre esas fechas, según la Resolución 420/2021 del Ministerio de Trabajo, siempre que sean del sector privado, no reciban subsidios y realicen una actividad incluida en la nómina de sectores críticos y afectados no críticos, o pertenecer al área de la salud. 

¿Cuáles son los criterios de preselección? Respecto a fechas de facturación y nóminas de personal, los siguientes:

  • Meses considerados para calcular la variación interanual de la facturación según AFIP:  junio de 2019 y junio de 2021.
  • Altas empresas: no se considera la facturación para las iniciadas desde el 1 de enero de 2019.
  • Mes para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: mayo 2021.
  • Corte de actualización de bajas de nómina: 22 de julio.
  • Corte de actualización CBU: 22 de julio inclusive.

También para independientes

En las mismas fechas (entre el 23 y el 29 de julio inclusive) quedó habilitada además la inscripción al "Programa de Asistencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos", para el pago correspondiente a julio. En este caso, será el 4 mes consecutivo de asistencia al sector, que comenzó en abril con la prórroga de las restricciones en el marco de la pandemia del Covid-19.

En este caso, quienes lo gestionen deberán presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre junio 2021 y junio 2019. Este Programa contempla un monto mensual de $22.000 para cada trabajador que acceda al beneficio.

El Ministerio de Trabajo señaló que "con el objeto de permitir que el universo de potenciales sujetos alcanzados puedan acceder los beneficios establecidos" en ambos Programas, "se estima necesario establecer el plazo para la inscripción para el período correspondiente a los salarios devengados en julio de 2021, a través del servicio web del Programa, en la página web de la AFIP, y las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa Repro II".

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