Fallo

La Corte ratificó que Aysam pague $2,5 millones por daños de una pérdida de agua

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó una condena de la justicia civil contra AYSAM por más de $ 2,5 millones por los daños ocasionados a una vivienda por una pérdida de agua en la vereda. No obstante hizo lugar parcialmente al reclamo de la empresa revocando el pago en concepto de daño punitivo.

La causa llegó a la Sala I del máximo tribunal provincial a través de la interposición de un recurso extraordinario de Agua y Saneamiento Mendoza S.A. contra la resolución de la Quinta Cámara Civil, Comercial y Minas de la Primera Circunscripción que había condenado a la empresa a pagar una indemnización a una familia de Las Heras por los daños ocasionados por una pérdida de agua a su vivienda.

La familia damnificada había iniciado una demanda por daño material, privación de uso, daño moral y daño punitivo luego de que su domicilio ubicado en calle Manuela Pedraza viera afectada su estructura por una pérdida de agua que comenzó en octubre de 2014.

Según señala el fallo, advirtieron que desde el frente del inmueble en el que fluía gran cantidad de agua desde la vereda hacia el sector acequias y que el inmueble sufrió una serie de perjuicios que repercuten en su estructura, tales como " grietas en muros, fisuras en paredes y cielorrasos, desplazamiento de cañerías de agua y gas, desprendimiento de traba en el extremo norte de la vivienda, hundimiento de pisos, etc".

Remarca también que hubo una serie de reclamos a AYSAM y también al Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS), pero que la pérdida terminó ocasionando un fuerte asentamiento en las fundaciones del inmueble y provocó que se desplazara hacia el frente, que tuvo un súbito deterioro, tornándose inhabitable y en grave peligro de derrumbe.

La justicia civil terminó condenando a AYSAM a pagar una indemnización por una suma superior a los $ 2.500.000 a los propietarios de la vivienda.

Ante esta resolución, la empresa proveedora del servicio de agua acudió ante la Suprema Corte cuestionando el fallo de la Quinta Cámara Civil en cuanto a una errónea valoración de la prueba, inexistencia de factor de atribución de responsabilidad, omisión de valorar la resolución del EPAS, como así también del monto de la sentencia al que considera exorbitante atendiendo a las características del inmueble.

Al analizar el caso, el ministro Pedro Llorente consideró que la empresa atendió los reclamos y los operarios concurrieron, "lo que impide considerar que su conducta haya presentado rasgos de reticencia, grosera negligencia, malicia o dolo".

Aseguró que "parece más lógico sostener que el daño se produjo en definitiva por el vicio de las cosas (instalaciones de la demandada) que ocasionaba nuevas pérdidas, perjuicio que será adecuadamente resarcido mediante las indemnizaciones que por la presente se confirman".

El magistrado destaca en el fallo que "la sentencia luce arbitraria únicamente en cuanto condena a la accionada a abonar una suma de dinero en concepto de daño punitivo, en tanto no se dan en el caso los presupuestos de hecho para que proceda la figura, conforme los lineamientos exigidos por este Tribunal".

De esta manera, admitió parcialmente el reclamo de AYSAM revocando la resolución únicamente respecto de la condena a abonar una suma de dinero en concepto de daño punitivo.

Los otros dos jueces integrantes de la Sala I de la Corte, Teresa Day y Julio Gómez, adhirieron a los fundamentos de Llorente y firmaron la sentencia que se publicó este miércoles en las listas diarias del Poder Judicial.

Este es el fallo completo:

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