11 de agosto de 2026
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Pandemia

Se extendió el DISPO en Mendoza: qué se podrá hacer y qué no los próximos 14 días

Por Sección Sociedad

Este martes a las 23.59 vence el último decreto de Rodolfo Suarez, que regulaba la etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) en Mendoza, el cual introdujo como novedades la prohibición de las reuniones sociales y la inhabilitación de bares como tales. Tras varias reuniones, contactos con intendentes, empresarios y especialistas del comité de emergencia en las últimas horas, el gobernador firmó la nueva disposición, que rige a partir de las 0 del miércoles, hasta el último minuto del 31 de agosto.

Tal como se preveía, se mantienen las mismas restricciones y permisos vigentes respecto a actividades económicas, sociales y deportivas.

Cabe destacar que la fase epidemiológica se mantendrá siempre y cuando se cumplan las condiciones (capacidad de respuesta del sistema sanitario, duplicación de casos inferior a 15 días y no poseer transmisión comunitaria) que impuso el último decreto nacional, por lo que la provincia deberá informar "cualquier situación de alerta epidemiológico a las autoridades sanitarias nacionales".

Para despejar dudas, compartimos un listado con las actividades permitidas y prohibidas para los próximos 14 días en Mendoza:

Qué SÍ se puede hacer

- Salidas para realizar actividades físicas y/o de esparcimiento: siguen vigentes según la finalización del DNI. Los que terminen en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán hacerlo los días lunes, miércoles, viernes y los que finalicen en 0, 6, 7, 8 y 9 días martes, jueves y sábados; de 7 a 23 horas. Los domingos, en tanto, los primeros están autorizados de 8 a 13 y los otros de 13 a 19. Las salidas no pueden exceder la distancia máxima de 5 kilómetros del domicilio.

- Compras en comercios, shoppings, pago de impuestos, asistencia a gimnasios, trámites, peluquerías, etc.: se deberá respetar el día según salida del DNI y los horarios de cada actividad:

a- Comercio en general: de 9 a 19.

b- Supermercados mayoristas y minoristas: de 8 a 19.

c- Centros comerciales, malls y shopping center: de 10 a 23. En su interior las tiendas comerciales en general de 10 a 19 y hasta las 23 los locales gastronómicos ubicados en su interior o que tengan salida a la vía pública.

d- Gimnasios: de 7 a 23.

e- Administración pública: de 9 a 18.

f- Cabe destacar que en San Rafael, los horarios de cierre son diferentes a los que rigen en el resto de la provincia: locales de rubros tradicionales (tiendas, jugueterías, regalerías, etc.) hasta las 20; mercaditos, despensas y almacenes de proximidad, hasta las 21; supermercados, mayoristas y locales de venta para la construcción hasta las 19.

- Los restaurantes, confiterías y cafés se mantendrán abiertos de 7 a 23 horas, respetando los protocolos específicos (reserva previa, ocupación máxima del 50%, distanciamiento entre mesas, llenado de declaración jurada, etc.).

- Turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada: no es necesaria la coincidencia del último número del DNI; se pueden realizar cualquier día.

- Compras en farmacias y expendio de combustible: cualquier día y horario, siempre que el comercio esté abierto.

- Práctica deportiva: están permitidas las disciplinas individuales (tenis, paddle, remo, atletismo, natación, etc.), en clubes y establecimientos para su práctica (si es alquiler, con reserva previa). En cuanto a entrenamientos de deportes grupales, se permiten, siempre y cuando no se exceda el límite de diez personas a la vez.

- Asistencia a cementerios: de 10 a 16, todos los días.

- Servicio doméstico: el empleador deberá disponer los medios de movilidad, ya sea mediante taxis, remises o con su propio vehículo, para que el trabajador/a pueda prestar servicios en su domicilio.

- Reparto a domicilio (delivery): de domingos a jueves de 7 a 23; viernes y sábados de 7 a 24.

- Mudanzas: habilitadas dentro del área del departamento donde se domicilia y zona cercana de influencia.

- Turismo interno: sigue habilitado en todo el territorio provincial, a excepción de los departamentos de San Rafael y Lavalle. En Malargüe, en tanto, sólo está habilitado en Valle de Los Molles y Las Leñas (aunque el complejo permanece cerrado). Sólo pueden reservar en los establecimientos turísticos las familias convivientes.

- Realización de ceremonias religiosas: están habilitadas en iglesias, templos y lugares de culto, con una concurrencia máxima equivalente al 25% del factor ocupacional, con un máximo de treinta personas, cumpliendo el protocolo específico.

Qué NO se puede hacer en Mendoza

- Reuniones sociales de ningún tipo (familiares, entre amigos, etc.) en domicilios particulares, bares y espacios cerrados.

- Establecimientos clasificados como bares, es decir, que ofrecen bebidas alcohólicas sin comidas elaboradas.

- Práctica de deportes grupales en predios: por ejemplo, alquiler de canchas de fútbol; así como tampoco en el interior de clubes deportivos y sociales.

- Entrenamientos deportivos que superen el límite de diez personas.

- Circulación de personas entre las 23.30 y las 5.30 horas del día siguiente (se exceptúa a trabajadores esenciales o exceptuados, según la actividad; así como también cuando una persona compre en una farmacia o cargue combustible).

- Transporte público desde las 0.30 hasta las 5.30.

- Realización de velatorios.

- Turismo interno en San Rafael, Lavalle y Malargüe (a excepción de Valle Los Molles y Las Leñas).

- Clases presenciales en cualquier nivel y modalidad educativa.

- Toda otra actividad no habilitada (de manera presencial) hasta el momento: fiestas, festivales, celebraciones en salones y peloteros, visitas de familiares en el sistema penitenciario, eventos masivos, hoteles alojamiento, teatros, cines, actividades sociales en clubes, etc. 


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