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proyecto de ley

Buscan crear un área específica para evitar accidentes ferroviarios

La iniciativa fue presentada por el presidente del bloque de Diputados del PJ, Gustavo Arenas. Se trata de implementar un Programa de Seguridad Ferroviaria y Tranviaria, que dependería de la Secretaría de Transporte.
Por Marisa Alarcón

La tragedia del tren de Once, ocurrida hace dos semanas causó la muerte de 51 personas; el cinco de marzo al menos siete niños resultaron con heridas cuando un tren embistió un micro escolar en la localidad bonaerense de Campana; y el miércoles hubo un impresionante choque en la calle Belgrano y Emilio Civit de Ciudad, luego de que comenzaron a funcionar los semáforos por el Metrotranvía.

Teniendo en cuenta estas situaciones, y que a fines de abril ya podría estar funcionando el Metrotranvía urbano en la provincia, el presidente del bloque de diputados del PJ, Gustavo Arenas, presentó un proyecto de ley mediante el cual se busca crear un área vinculada a la seguridad ferroviaria y tranviaria para evitar accidentes  de este tipo. “En Mendoza se perdió la cultura ferroviaria, todos creen que no hay trenes y no es así, tenemos los de carga por ejemplo tienen un horario irregular”, explicó el legislador.

Esta iniciativa busca la implementación del Programa de Seguridad Ferroviaria y Tranviaria, que dependería de la Secretaría de Transporte. El objetivo es formar una estructura coordinada con los municipios, la provincia y la Nación, establecer las competencias de cada uno y las zonas de riesgo, solucionar la señalización,  y concientizar a la sociedad mendocina, entre otros puntos importantes. “Además podremos evaluar cada cruce del Metrotranvía y trabajar para mejorar cada uno de los inconvenientes que vayan surgiendo”, agregó Arenas. 

La idea del proyecto es crear una base de datos para conocer la traza de la provincia, determinar los horarios de cruce del transporte de carga, establecer zonas de riesgo, crear un mapa accidentológico y educar a la población entre otros puntos sobresalientes. El proyecto de ley deberá ser tratado primero en la Cámara de Diputados y de ser aprobado pasará al Senado.

El articulado de la iniciativa:

“Artículo 1º: Créase, en el ámbito de la Secretaría de Transporte de la Provincia , el Programa de Seguridad Ferroviaria y Tranviaria, cuyos objetivos son los que a continuación se detallan:

“a) Contribuir a la disminución de riesgos de accidentes ferroviarios y tranviarios.

“b) Procurar que la circulación vehicular y peatonal en las zonas donde la red ferroviaria interactúa con otras vías de circulación sea guiada y regulada a través de una adecuada señalización y semaforización, a fin de que pueda llevarse a cabo en forma segura, fluida, ordenada y cómoda.

“c) Educar y concientizar a la población con relación a la problemática de la seguridad ferroviaria.

“d) Planificar y ordenar los espacios donde interactúan la red ferroviaria con otras vías de circulación, en función de la seguridad vial.

“e) Articular con los medios de comunicación social la inclusión de contenidos sobre seguridad ferroviaria.

“Artículo 2º: Las acciones que serán llevadas a cabo dentro del marco del referido programa serán éstas:

“a) Relevamiento y creación de una base de datos sobre la existencia y estado de mantenimiento de la señalización e infraestructura de seguridad existente en las zonas donde interactúan la red ferroviaria con otras vías de circulación.

“b) Coordinar acciones con los organismos municipales, provinciales o nacionales vinculados a la problemática, tendientes a elaborar una base de datos con información relevante del entorno de la vía, diferenciado por tramos que permita conocer con mayor exactitud las características de la población aledaña a la vía férrea, de modo de que cualquier medida a adoptar considere dichas variables.

“c) Elaborar un mapa accidentológico en la zona donde interactúan la red ferroviaria con otras vías de circulación, a los fines de priorizar la señalización vial necesaria.

“d) Difusión de conductas de seguridad a observar por conductores y peatones en las zonas donde interactúan la red ferroviaria con otras vías de circulación.

“e) Elaborar un plan de contingencias para casos de accidentes.

“f) Coordinar con la Dirección General de Escuelas la implementación de planes de educación en materia de seguridad ferroviaria.

“h) Impulsar y organizar todas las actividades necesarias para lograr una masiva difusión del programa.

“Artículo 3º: Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones necesarias del presupuesto de la Secretaría de Transporte, para la implementación del presente Programa de Seguridad Ferroviaria y Tranviaria.

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