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En una semana, vence el plazo para la recategorización del monotributo

Será el 20 de enero próximo, trámite que están obligados a realizar aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos.
Por Sección Economía

El plazo para la recategorización anual del Monotributo vencerá el 20 de enero próximo, trámite que están obligados a realizar "aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos", recordó hoy la AFIP.

 

Además del nivel de ingresos, la recategorización también debe realizarse en función de otros parámetros, como ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida -en el período entre enero y diciembre de 2011- y los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del año anterior.

"El contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados", subrayó la AFIP, en un comunicado.

El trámite se realiza a través de la página web del organismo, ingresando al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario / Monotributo / Recategorización". En tanto, los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría abonando el importe que corresponda a la misma, puntualizó el ente recaudador. Y recordó además que los de las categorías más altas -de la F a la L- y aquellos que son empleadores, deben presentar una declaración jurada informativa correspondiente al tercer cuatrimestre de 2011.

El siguiente es el cuadro de vencimiento de presentación de la declaración jurada, de acuerdo con la terminación de CUIT:

Terminación de CUIT y fecha de vencimiento

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