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Pami: una resolución restringe la cantidad de medicamentos para los afiliados

Aquellos jubilados que necesiten más de 4 remedios gratuitos deberán realizar una serie de pasos administrativos para obtenerlos. Por ahora no se aplica.
Por Leandro Abraham

El Instituto Nacional de Servicios para Jubiliados y Pensionados (PAMI) publicó esta semana una polémica resolución que restringe la cantidad de medicamentos a los que pueden acceder los afiliados de forma libre. La medida ya está vigente, pero en Cuyo todavía no se aplica.

La resolución lleva el número 0059/2016 y fue publicada en el boletín oficial del Pami el último viernes 14 de octubre. En la misma se restringe a 4 el número de medicamentos a los que los afiliados de planes sociales pueden acceder, fijando una serie de pasos administrativos para aquellos que necesiten más remedios de forma gratuita.

En la resolución se indica que a partir del 18 de octubre (es decir el último martes) se aplicará un nuevo mecanismo para la solicitud de provisión de medicamentos por razones sociales. Se asegura también que el tope serán 4 remedios por afiliado.

Así, siempre teniendo en cuenta lo indicado en el Boletín Oficial del Pami, para los casos en que se pidan hasta 4 medicamentos no será necesaria la evaluación médica por parte del Pami, siendo suficiente la aprobación de los empleados de atención al afiliado.

En ocasión de contar con hasta 4 (cuatro) especialidades medicinales diferentes ya autorizadas por subsidio social y se requiriese la cobertura al 100% de una nueva indicación médica por un medicamento distinto, se podrá solicitar su inclusión dando la baja a alguno de los autorizados previamente, a modo de reemplazo.

Para los casos en que un jubilado necesite 5 medicamentos o más el trámite se complicará. El afiliado podrá solicitar la cobertura al 100% de más de 4 (cuatro) especialidades medicinales y hasta 6 (seis) inclusive, en cuyo caso deberá presentar, además de la receta y su fotocopia, el formulario: "Solicitud de cobertura por razón social superior a 4 medicamentos", completado en todos su términos e informes de estudios que avalen el/los diagnósticos informados por el médico tratante, ya que el trámite requerirá de evaluación médica PAMI. Asimismo, en dicho formulario deberá dejarse constancia de la medicación anteriormente solicitada por ésta vía y qué ya haya sido autorizada.

Para gestionar más de 6 (seis) medicamentos deberá requerir la autorización respectiva a la Gerencia de Medicamentos, a través del mecanismo que corresponda. Asimismo se informa que en caso de superar los 4 medicamentos autorizados, el medico de agencia/ugl (5 y/o 6 medicamentos) o Gerencia de medicamentos (más de 6 medicamentos) deberán efectuar una evaluación integral de todo el esquema de tratamiento solicitado por subsidio social, para determinar su procedencia o no, por ende la agencia/UGL deberá cargar en sistema on-line el historial de medicamentos solicitados por ésta vía, es cada estadio de autorización.

Tanto para la primera vez, como para las sucesivas que se requiriese provisión de más de 6 especialidades medicinales, se agregará al expediente el formulario de tramitación específico, declaración jurada del afiliado, resumen de historia clínica, fotocopia de Informes de estudios complementarios que avalen el/los diagnósticos informados por el medico prescriptor y copia de la receta de la medicación solicitada, emitida por el médico de cabecera o especialista con el diagnóstico presuntivo y/o determinado que da origen a la prestación.

Una vez cumplida la intervención de la Gerencia de Medicamentos, se comunicará a través del Sistema online de Medicamentos sin cargo esta circunstancia a la dependencia de nivel local interviniente. Ésta última procederá a imprimir e incorporar al expediente el registro respectivo (donde conste el estado del trámite: "INFORMADO", "RECHAZADO" o "FALTA DOCUMENTACIÓN"), y notificará la resolución al afiliado y/o tercero interviniente, dejando constancia de dicha notificación en las actuaciones.

Desde la regional cuyana de Pami, a cargo de Carlos Valcarcel, aseguraron que la medida tiene como objetivo incrementar los controles internos en la distribución de medicamentos, pero aseguraron que los afiliados no se verán perjudicados desde ningún punto de vista a la hora de acceder a los remedios. Le restaron importancia a la resolución al asegurar que es "Sólo una disposición interna" . Igualmente, por ahora, esta resolución no se está aplicando en Cuyo y las autoridades están estudiando la forma de aplicación. 

Estos son los fundamentos de la resolución: 

·Que es menester adoptar mecanismos idóneos de autorización y dispensa, para garantizar que el acceso a los medicamentos sea determinado realmente por la necesidad de los individuos y que el mismo pueda darse en tiempo y forma, evitando dilaciones innecesarias.

·Que se considera relevante generar una modernización en el sistema actual de gestión aprovechando al máximo las medidas tecnológicas disponibles al momento y facilitando el acceso a los medicamentos por razones sociales a los afiliados, a fin de satisfacer en forma oportuna sus necesidades en esta materia esencial. Que es por ello que se pretende favorecer la accesibilidad de todos los afiliados a los medicamentos, facilitando los mecanismos para su acceso y la disponibilidad de los mismos.

·Que, asimismo, se ha visto incrementada la dispensa de un numero de fármacos mayor a las recomendaciones estándar en diversas patologías, lo que puede generar reacciones adversas, que provoquen riesgos en la salud y seguridad de los pacientes, siendo, en no pocos casos, la causa, probablemente prevenible, de ingresos hospitalarios. Que, la polifarmacia se considera una condición frecuente en muchos adultos mayores, convirtiéndose en un síndrome geriátrico que, de no controlarse, puede desencadenar eventos adversos.

.Que, en consecuencia, es de relevante importancia la evaluación que efectúa el personal médico de ésta Institución, respecto a las solicitudes de autorización de medicamentos, para lo cual debe valerse de todas las herramientas médicas y farmacológicas, para evitar así interacciones riesgosas, contraindicaciones, y efectos adversos no deseados. Que esta situación de exceso y de errónea prescripción de medicamentos, genera abusos y desvíos de fondos, que inciden directamente en los recursos de la administración del Instituto, lo que se traduce en un incremento de recursos considerable.

·Que con ésta Disposición se tiende a profundizar en la mejora del uso racional de los medicamentos, implantando procedimientos de control de la calidad de la prestación farmacéutica, que contribuya a conseguir la efectividad y la seguridad de los tratamientos farmacológicos, mejorando tanto la calidad asistencial como la eficiencia en el uso de los recursos".


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