Condena millonaria al Estado por una nena baleada en un tiroteo entre barras
La Provincia deberá indemnizar a una niña de 12 años que recibió un balazo en la cara al quedar en medio de un enfrentamiento entre hinchas de Godoy Cruz e Independiente Rivadavia.
La Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil ratificó la condena contra el Estado y de esta forma condenó a la Provincia a indemnizar con más de un millón de pesos, a una nena de 12 años que fue baleada en la cara al quedar en medio de un tiroteo entre hinchas de Godoy Cruz e Independiente Rivadavia, luego de un partido en el Malvinas Argentinas.
En el 2014, el Décimo Primer Juzgado Civil había dado lugar a la demanda presentada por la familia de la nena, Yesica Johana Leiva, y el gobierno apeló este fallo. Sin embargo, los jueces Adolfo Rodríguez, Oscar Martínez Ferreyra y Beatriz Moureau ratificaron la sentencia.
Los hechos en cuestión ocurrieron el 16 de marzo del 2008, cerca de las 21.45. La menor, que en ese entonces tenía 12 años, salió de su casa a comprar unas pizzas en compañía de su hermana.
En Santiago del Estero y San Vicente, de Villa Hipódromo, Godoy Cruz, recibió un balazo en el rostro, disparado por un simpatizante de alguno de los dos clubes señalados anterioremente.
Ese día un grupo de hinchas del Tomba se trasladaba en colectivos tras el partido que había disputados su equipo en el estadio provincial. Al llegar al conocido Puente San Vicente se encontraron con sus pares Leprosos y se desató un tiroteo.
Lo cierto es que tras ser baleada, la menor fue asistida por vecinos y llevada al hospital Lencinas. Luego, por la gravedad de las heridas, fue derivada al Notti, donde permaneció internada, en grave estado, por varios días.
Finalmente la niña pudo salvar su vida, aunque la herida le provocó graves secuelas que tiene hasta hoy, confirma la sentencia.
Primero el juzgado civil y luego la Cámara de Apelaciones, entendieron que el operativo policial fue defectuoso y que esto provocó el desenlace.
Por lo tanto ordenaron una indemnización por daños y perjuicios, cuyo monto establecido se le deberá sumar los intereses generados desde el día del hecho a la fecha de sentencia.
El fallo de la Cámara, ratificando la sentencia inicial: