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MALA PRAXIS

Condenan a la OSEP por la muerte de un docente durante una cirugía

La víctima se fracturó el maxilar. Un error en la colocación de la anestesia provocó la muerte. El Estado deberá pagar casi medio millón de pesos.
Por Sección Judiciales

La Justicia local condenó a la Obra Social de Empleados Públicos y a la Clínica San Jorge, por lo que ambos deberán indemnizar a los hijos de un hombre que en el 2005 se fracturó jugando al fútbol con amigos, y que ante una mala colocación de la anestesia, falleció luego en el hospital.

Así lo decidió la jueza María Eugenia Guzmán, titular del Octavo Juzgado Civil, quien ordenó que los hijos de José Miguel Graneros, sean indemnizados con casi medio millón de pesos, más los intereses hasta el día de la sentencia.

El hecho en cuestión ocurrió el 10 de julio del 2005, cuando Graneros, en un partido entre amigos, sufrió la fractura del maxilar inferior. Sus allegados lo llevaron al Hospital El Carmen, desde donde lo derivaron a la Clínica San Jorge.

Los médicos de guardia revisaron al paciente y le indicaron antibióticos y calmantes, pactando una nueva visita para el próximo lunes, en el consultorio del doctor Girotti.

Ese día, el profesional confirmó la necesidad de operar al paciente, por una fractura doble de maxilar inferior izquierdo.

La intervención se programó para el 20 de julio de ese año, día en el que Graneros ya tenía todos sus estudios prequirúrgicos. Fue así que el hombre ingresó al quirófano de la Clínica San Jorge en perfectas condiciones de salud, pero que a los minutos sufrió una arritmia cardíaca, que le requirió maniobras de reanimación.

Ese inconveniente provocó que se suspendiera la operación, y que los médicos decidieran trasladarlo a la Clínica Santa María, para una mejor atención.

El traslado se realizó con oxígeno, mientras el hombre, que tenía 48 años y se desempeñaba como docente en una escuela de Lavalle, estaba inconsciente. Ante esto, quedó internado en terapia intensiva, pero lamentablemente, el 26 de julio falleció en ese centro asistencial.

De la investigación, surgió que la responsabilidad fue de la médica anestesista. Ante esto, para la jueza “quedó fehacientemente acreditada la responsabilidad que le cabe a la médica, resultando en consecuencia responsables también las clínicas intervinientes y la obra social”.

“Habiéndose establecido la negligencia del galeno en la atención dispensada a José Miguel Graneros, nace como consecuencia de ello el deber de reparar de la obra social que puso al servicio del paciente a dicha profesional quien, con su actuar, generó un daño injusto e indebido por el cual deben responder tanto la anestesista, como las clínicas y obra social, haciéndose extensiva la condena a las citadas en garantía”, sostuvo, en su fallo, la magistrada.

Así las cosas, la jueza estableció un monto de 429 mil pesos, más intereses, para los dos hijos del hombre fallecido.

Mirá el fallo completo:

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