La Cámara Cuarta Civil y Comercial de la provincia responsabilizó a una empresa de telefonía por los daños derivados del accidente sufrido por una mujer que se enredó con un cable de teléfono que se encontraba colgando a baja altura cuando ella circulaba por la zona en motocicleta, lo que provocó su violenta caída al suelo.
En primera instancia, el juez de grado admitió la acción de la actora y condenó a la empresa de telefonía al pago de 20.000 pesos más intereses. Esta decisión fue apelada por la parte demandada.
En tanto, el Tribunal Civil y Comercial indicó que el caso de autos encuadra dentro de la responsabilidad extracontractual o aquiliana, donde el factor de atribución es la responsabilidad objetiva por el riesgo o vicio de la cosa.