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Por menos accidentes

Un mes después de las fiestas, el Gobierno promulgó la ley que prohíbe la pirotecnia en Mendoza

Si bien la legislación fue aprobada una semana antes de Navidad, el Ejecutivo recién publicó hoy (cuando ya nadie tira petardos) la novedad en el boletín oficial. Conocé la lista de objetos prohibidos para su comercialización y uso.
Por Leandro Abraham
Las fiestas ya pasaron, los petardos ya explotaron, los heridos ya fueron dados de alta. Hoy, 23 de enero, casi un mes después de las fiestas de fin de año, el Ejecutivo por fin promulgó la ley que prohíbe la pirotecnia en Mendoza. Conocé la lista de los productos que no podrán producirse, comercializarse ni usarse en todo el territorio provincial.

Si bien la norma fue sancionada el 17 de diciembre en el Senado y el Ejecutivo tenía potestad desde ese momento para aplicarla, las fiestas pasaron sin una legislación que prohíba la pirotecnia y recién hoy, 37 días después, el Gobierno decidió avanzar con la aplicación de esta ley. Es que si bien la Legislatura realizó un tratamiento en tiempo record para llegar con el visto bueno antes de las fiestas, la promulgación (paso final para aplicar la norma) se hizo esperar.

 De esta manera, aunque en un momento en el que la pirotecnia ya se utilizó y habrá que esperar 11 meses para ver los frutos de esta legislación, desde hoy queda prohibido el acopio, la utilización, la producción y la venta de este tipo de productos en nuestra provincia.

No obstante, como ya había adelantado SITIO ANDINO en el momento de la sanción del a ley, la prohibición no alcanza a toda la pirotecnia y existe un mínimo de productos que pueden ser utilizados. En general, la ley indica que los elementos con menos de 10 gramos de pirotecnia y menos de 20 gramos de peso total pueden ser utilizados.

Entre los productos prohibidos podemos encontrar: cañas voladoras con paracaídas, cañas voladoras con cabezal superior a los 5 centímetros de diámetro, mortero de efecto estruendo mayor a una pulgada, tortas cuyos tubos interiores tengan más de una pulgada, tres tiros, petardos con carcasa plástica, volcanes, bengalas, bombas, globos aerostáticos,  giratorios, entre otros.

Cabe aclarar que la legislación indica que la prohibición no corre para los elementos que sean utilizados por las fuerzas armadas, los organismos de seguridad, Defensa Civil y los servicios de emergencias.


La iniciativa llegará al recinto el próximo martes y hay consenso en el PJ y la UCR para que sea aprobada.

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