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AFIP dio a conocer nuevos controles a la compra y venta de productos por internet
Una nueva resolución establece que sólo se podrá utilizar el correo dos veces al año y el valor de los bienes no podrán superar los 25 dólares.
A continuación, el texto completo de la nueva medida de la AFIP:
Artículo 1° -Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta-, podrán utilizar el procedimiento previsto en la Resolución General N° 3.579 en DOS (2) oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de VEINTICINCO DOLARES (U$S 25) prevista en el Artículo 80, Apartado 1, Inciso c) del Decreto N° 1001/82 y sus modificaciones.
Art. 2° - Los envíos que excedan del límite previsto en el artículo anterior, deberán ser cursados al amparo del Régimen General de Importación.
Art. 3° - La Dirección General de Aduanas elaborará a su consideración, un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma, el cual será publicado en el sitio "web" de esta Administración Federal (www.afip.gob.ar).
Art. 4° - Esta resolución general entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
