4 de abril de 2026
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Revocaron el fallo y continuarán los festejos religiosos en las escuelas públicas

La Cuarta Cámara de Apelaciones revocó el fallo por medio del cual se suspendían las celebraciones por el Patrono Santiago y el Día de la Virgen del Carmen de Cuyo.

Por Sección Judiciales

La Cuarta Cámara de Apelaciones revocó la sentencia por medio de la cual las escuelas públicas de la provincia debían eliminar los festejos religiosos por el Día del Patrono Santiago y de la Virgen del Carmen de Cuyo. De esta manera, durante el año lectivo 2014 volverán a realizarse las conmemoraciones de la Iglesia Católica.

En el mes de setiembre la Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), filial San Rafael presentó un recurso judicial por medio del cual solicitaba se declarara inconstitucional la conmemoración de las fechas religiosas en los colegios públicos de la provincia. La presentación consiguió la aprobación de la jueza del  Juzgado Civil 24 de Mendoza y la DGE debió suspender todos los festejos.

Pero la sentencia no conformó a las autoridades educativas, quienes apelaron el fallo y finalmente, la Cuarta Cámara de Apelaciones les dio la razón.

De esta manera, y por medio del fallo  la Justicia consideró que la sentencia de la jueza María Eugenia Ibaceta está caduco por haberse interpuesto fuera del plazo legal.

Además, la sentencia señala que  “ la resolución puesta en crisis no afecta el orden constitucional vigente ni afecta principios y derechos consagrados en la Carta Magna, ni en los Tratados Internacionales con rango constitucional ni tampoco en la legislación infraconstitucional invocada por la magistrada, ya que no importa una intromisión en la libertad de conciencia y de culto de los educandos, sino que por el contrario tiene por finalidad reafirmar valores y tradiciones propias de la Provincia de Mendoza, razón por la cual se compadece con las facultades que le competen a la autoridad educacional de la Provincia; indica que si bien las celebraciones cuestionadas pueden tener un origen religioso determinado (concretamente correspondientes al culto Católico Apostólico Romano), el motivo por el cual han sido incluidas en el calendario escolar con una finalidad educativa y no religiosa, enancándose en la historia de más de cuatrocientos años de la provincia de Mendoza, en sus tradiciones y cultura, sin que implique imponer ritos o veneraciones propias de una religión determinadas a quienes no profesan la misma”.

 

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