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REFORMA LABORAL

Un fondo de cese como alternativa a la indemnización: ¿de qué se trata el cambio en el modelo laboral?

El Gobierno avanza en la implementación del fondo voluntario de cese laboral que podrán adoptar empresas y trabajadores mediante acuerdos. De qué se trata.

Por Sitio Andino Economía

El Gobierno nacional avanzó con las primeras modificaciones sobre la indemnización por despido laboral, tras publicar un marco regulatorio del fondo que crearán empleadores y trabajadores que atenderá a las obligaciones vinculadas a un despido. En este sentido, la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó en Boletín Oficial la Resolución General 1071/2025 el marco regulatorio para lo que denomina “Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral”.

Se trata de un sistema que busca ofrecer una alternativa a la indemnización por antigüedad y otros rubros indemnizatorios por cese laboral. El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, precisó que este mecanismo quedó aprobado por el “Artículo 96 de la Ley Bases 27.742 que permite a los participantes de una convención colectiva armar su propio sistema de indemnización (sistema de cese).

“Lo pueden hacer como quieran, con una única condición: la participación es voluntaria tanto para empresas como trabajadores. Este último punto es esencial, solo con esta premisa sabemos que el sistema será beneficioso para ambos”, indicó.

¿De qué se tratará el nuevo fondo por cese laboral?

Los Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral son herramientas financieras diseñadas para acumular fondos que puedan reemplazar la indemnización por antigüedad, establecida en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, y otras compensaciones por desvinculación laboral.

La CNV los define como "Fondos Comunes de Inversión Abiertos” y establece que todos los instrumentos bajo este régimen deberán incluir obligatoriamente la expresión "Cese Laboral" en su denominación para una clara identificación.

El sistema de cese laboral se establece mediante Acuerdos o Convenciones Colectivas de Trabajo.

Los empleadores y trabajadores tienen la libertad de pactar el porcentaje de la remuneración o un monto fijo que el empleador aportará, así como la periodicidad de dicho aporte. Las contribuciones pueden ser realizadas por ambas partes, a nivel individual, a nivel de empresa o a nivel de sector.

¿Cuáles serán las características del fondo por cese laboral que reemplaza a la indemnización?

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Un fondo de cese como alternativa a la indemnización: ¿de qué se trata el cambio en el modelo laboral?

Una característica especial de estos fondos es que son inembargable por los acreedores de los trabajadores o empleadores, por deudas de cualquier naturaleza.

Además, los bienes y rentas que componen el patrimonio de estos productos están exclusivamente destinados a generar las prestaciones de acuerdo con lo acordado en las Convenciones Colectivas de Trabajo y las normas aplicables.

Si los aportes provienen de empleadores, las cuotapartes o valores fiduciarios “estarán cedidos con condición suspensiva a favor de los trabajadores, de la empresa o del sector”, lo que significa que el trabajador adquiere derechos sobre ellos bajo ciertas condiciones.

La CNV es la como la "autoridad de control y supervisión" de las disposiciones relativas a este Fondo de Cese Laboral. Su función es garantizar que las entidades administradoras o fiduciarias mantengan una "política de inversión adecuada".

La resolución actual incorpora un "régimen especial de Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral" dentro de las Normas de la CNV.

El nuevo sistema contempla dos modalidades principales:

Fondos Comunes de Inversión (FCI) de Cese Laboral:

Fideicomisos Financieros (FF) de Cese Laboral:

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