Las criptomonedas y criptoactivos pueden ser incorporados al blanqueo de capitales bajo las mismas condiciones que otros activos en el patrimonio al 31 de diciembre del año pasado, según explicaron agentes bursátiles. El proceso requiere que los activos virtuales sean depositados en un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) aprobado por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
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Cómo incorporar criptomonedas al blanqueo de capitales
Los criptoactivos pueden ser blanqueados bajo las mismas condiciones que otros activos, cumpliendo con la normativa y los plazos establecidos.
Custodia y transferencia de criptoactivos
Para iniciar el blanqueo, es necesario transferir los criptoactivos a una "cuenta especial" en el PSAV seleccionado. Estos activos deben estar en custodia antes de la manifestación de adhesión al blanqueo y permanecer allí hasta el 30 de septiembre de este año. No se podrá realizar ninguna extracción hasta la fecha límite.
Valuación y documentación requerida
La valuación de los criptoactivos se realizará tomando el valor máximo entre su cotización al momento de la incorporación y su valor de compra. Se deben presentar constancias que acrediten la titularidad y valuación, certificadas por un escribano público o emitidas por un PSAV registrado en la CNV.
Plazos y regularización
La fecha límite para la primera fase de adhesión al blanqueo es el 30 de septiembre de este año. A partir del 1 de octubre hasta el 30 de noviembre, los interesados deberán realizar la declaración jurada ante la AFIP. Es esencial que los criptoactivos estén bajo custodia de un PSAV habilitado para ser considerados como bienes del país.
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