11 de septiembre de 2026
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Anses: excelente noticia para grupo de mujeres que cobrarán un plus en setiembre

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) está otorgando $112.500 para un sector específico de la población.

La ANSES comenzará a pagar un beneficio en los próximos días para un sector de los beneficiarios de hasta $112.500 para el mes de septiembre. Este plan está destinado para mujeres y personas LGBTIQ+, pero debido al aumento del Salario Mínimo Vital y Móvil, anunciado por el Ministerio de Trabajo y Economía, tendrá un incremento escalonado en tres partes comenzando en el mes de agosto hasta el mes de octubre.

Quiénes pueden cobrar el Plan Acompañar de ANSES

Mujeres y personas LGBTIQ+ de entre 18 y 65 años tendrán la posibilidad de cobrar esta ayuda económica.

Cómo acceder al Programa Acompañar

Para ser beneficiaria de esta asistencia, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 65 años de edad.
  • Ser mujer o pertenecer a la comunidad LGBTQI+
  • Estar en situación de violencia de género (no será necesario demostrarlo).
  • Acercarse a las unidades locales y provinciales registradas: www.argentina.gob.ar/unidades

La asistencia no cuenta con una inscripción online, por lo que las personas que quieran acceder deberán acercarse a una de lasUnidades de Acompañamiento u Operativos Territoriales distribuidos en todo el país.

También te puede interesar: Anses: conocé el calendario de pagos completo de setiembre

Quiénes no pueden cobrar el Plan Acompañar de ANSES

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.
  • Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
  • Prestación por desempleo.
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