El Gobierno de Mendoza aprobó una importante modificación en el Presupuesto General de la Provincia para el 2026, disponiendo una partida adicional de $1.770.103.469,05 destinada exclusivamente al área de Salud Mental y a los programas de adicciones.
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Salud Mental: el Gobierno de Mendoza destinará fondos millonarios a programas de adicciones
El Ejecutivo provincial anunció un aumento de $1.770 millones para programas de salud mental, financiado por mayor recaudación de Ingresos Brutos.
La medida se formalizó este viernes, a través de un decreto firmado por el gobernador, Alfredo Cornejo, luego de que la Dirección de Salud Mental y Adicciones (perteneciente al Ministerio de Salud y Deportes) solicitara el refuerzo presupuestario ante una proyección de recaudación mayor a la inicialmente estimada.
Salud Mental: el origen de los fondos y la Ley 9534
El incremento de los recursos económicos se encuadra en el Financiamiento 397 de la Ley 9534, la cual establece la afectación específica de un porcentaje de la recaudación del impuesto a los Ingresos Brutos para el desarrollo y sostenimiento de los Programas de Salud de la provincia.
De acuerdo con el expediente oficial, la Dirección de Salud Mental y Adicciones presentó un cálculo de recaudación proyectada que asciende a un total de $2.583.328.496,05. Al contrastar esta cifra con las previsiones originales del ejercicio corriente, se determinó el mencionado saldo positivo de más de $1.770 millones.
La factibilidad técnica y financiera de esta ampliación presupuestaria fue respaldada previamente por informes de la Dirección General de Administración y contó con el dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la cartera sanitaria.
Detalles del decreto y control del gasto público
El articulado de la normativa detalla cómo se implementará este movimiento de partidas en la administración pública provincial:
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Modificación de erogaciones y recursos: los artículos 1º y 2º modifican en paralelo el Presupuesto de Erogaciones Vigente y el Cálculo de Recursos de la Administración Central por el monto exacto del incremento.
Condicionamiento por recaudación real: el artículo 3º establece un mecanismo de control estricto. Las erogaciones efectivas que se realicen bajo este concepto deberán ajustarse, en tiempo y volumen, a las cifras que efectivamente ingresen a las arcas públicas, garantizando que el dinero se destine exclusivamente a los fines previstos por la ley de afectación.
El instrumento legal cuenta con el refrendo del Ministro de Salud y Deportes y del Ministro de Hacienda y Finanzas, y ya fue remitido a la Contaduría General de la Provincia para su correspondiente registro oficial.