La morosidad del Impuesto Automotor ocupó parte del debate tributario de Mendoza en el marco del tratamiento de los proyectos de Ley Impositiva y Avalúo para 2027. Durante una exposición ante la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados, la Administración Tributaria Mendoza (ATM) presentó datos de recaudación y explicó cuál es el comportamiento de los contribuyentes.
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La morosidad del Impuesto Automotor en Mendoza se aproxima al 50%: balance y expectativas de ATM
ATM mencionó una morosidad cercana al 50% al considerar cuotas, deudas pendientes y vencimientos aún no cumplidos. El balance final todavía no está cerrado.
Según lo expuesto por el organismo, la morosidad histórica del Impuesto Automotor se ubica entre el 25% y el 30%, mientras que la referencia expuesta cercana al 50% contempla obligaciones pendientes, pagos en cuotas y vencimientos que todavía no se habían cumplido.
No obstante, el titular de ATM, Alejandro Donati, señaló que el organismo está cumpliendo las metas de recaudación previstas para 2026.
Qué dijo ATM sobre la morosidad de la patente en Mendoza
Durante la presentación, ATM precisó que la morosidad del Impuesto Automotor correspondiente a 2025 fue del 25%, un porcentaje que se mantiene dentro de los parámetros registrados durante los últimos diez años.
El organismo sostuvo que el incumplimiento de este tributo se ha mantenido históricamente en una franja de entre el 25% y el 30% y aseguró que continúa trabajando para recuperar las obligaciones pendientes.
La referencia cercana al 50% responde a una consideración más amplia de las obligaciones vinculadas al impuesto, que incluye pagos en cuotas, deuda pendiente y vencimientos todavía no cumplidos. Por eso, ambos porcentajes corresponden a mediciones diferentes.
Durante la exposición no se precisó cuánto dinero representa la deuda acumulada por el Impuesto Automotor ni cuántos contribuyentes mantienen obligaciones impagas.
Impuesto Automotor 2027: cómo se calculará la patente
El proyecto de Ley Impositiva para 2027 propone mantener las alícuotas progresivas vigentes en 2026 y actualizar los rangos de valores utilizados para determinar el impuesto.
La actualización se realizará una vez que esté disponible el dato de inflación de diciembre de 2026 correspondiente a la categoría de adquisición de vehículos que releva el INDEC para la región de Cuyo. Por eso, todavía no es posible anticipar cuánto pagará cada propietario el año próximo.
Para los automóviles y rurales de modelos 2006 a 2027, la iniciativa mantiene una escala progresiva con alícuotas que van del 1,5% al 3%, según el valor imponible del vehículo. Los automotores de mayor valuación quedan alcanzados por los porcentajes más altos.
En el caso de camiones, camionetas, pick-ups, jeeps y furgones de más de 4.000 kilogramos, se establece una alícuota del 0,3% sobre el valor asignado. Para taxis, remises, colectivos y determinados vehículos especiales se aplican las tablas correspondientes.
El proyecto también contempla:
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Vehículos híbridos y eléctricos: reducción del 50% del impuesto, siempre que no registren deuda vencida al 31 de diciembre de 2026.
Pago Único Liberatorio: permite cancelar el tributo por única vez y quedar eximido del Impuesto Automotor en los ejercicios fiscales siguientes, para los vehículos incluidos en el régimen.
Motovehículos: alcanza a los modelos 2006 a 2027 cuyo avalúo no supere los $10 millones.
Determinados automotores modelo 2006: también pueden quedar comprendidos en el régimen de pago único, según las condiciones previstas.
Descuentos de hasta el 35% para quienes estén al día
El proyecto de Ley Impositiva 2027 mantiene las bonificaciones para contribuyentes cumplidores en los impuestos Inmobiliario y Automotor. El esquema contempla descuentos que pueden acumularse de acuerdo con las condiciones previstas.
Los beneficios establecidos son:
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10% de descuento para quienes tengan cancelado el impuesto vencido al 31 de diciembre de 2026.
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10% adicional para quienes hubieran tenido cancelado el impuesto vencido al 31 de diciembre de 2025.
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5% de descuento para quienes paguen el total del impuesto anual dentro de los vencimientos establecidos.
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10% adicional para quienes no registren deuda vencida al 31 de diciembre de 2026.
La combinación de las bonificaciones puede alcanzar una reducción total del 35%, según las condiciones aplicables a cada tributo.