29 de abril de 2026
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Congreso nacional

Es ley la emergencia en discapacidad: qué establece la norma que Milei vetará

Se aprobó en el Senado por unanimidad, sin el bloque oficialista, algunos radicales y el PRO, a excepción de uno que tiene una hija con discapacidad. Cómo votaron los mendocinos.

El proyecto recibió 56 votos positivos, sin rechazos ni abstenciones. Sin embargo, no participaron del debate ni de la votación los senadores de La Libertad Avanza, algunos radicales que responden a gobernadores ni del PRO, a excepción de Luis Juez, quien brindó un emotivo discurso en defensa del proyecto —su hija tiene una discapacidad— y se diferenció de sus aliados políticos.

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Sin embargo, y tal como lo había anticipado el vocero Manuel Adorni, el presidente Javier Milei informó que la norma -así como el aumento de las jubilaciones y la prórroga de la moratoria previsional- será vetada en las próximas horas. Asimismo, anunció que judicializará la sesión de hoy, por considerarla inválida, como lo denunciaron los miembros del oficialismo en el recinto.

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El Senado aprobó la emergencia en discapacidad: cómo votaron los tres mendocinos

Tal como sucedió en las votaciones previas, los dos senadores radicales, Rodolfo Suarez y Mariana Juri, estuvieron ausentes. Ambos responden al gobernador Alfredo Cornejo, quien -junto a otros de sus pares del exJuntos por el Cambio- había garantizado al Gobierno que sus legisladores no acompañarían los expedientes que para la gestión libertaria atentan contra el equilibrio fiscal.

Sí estuvo presente la peronista Anabel Fernández Sagasti, quien tomó la palabra durante el tratamiento y advirtió sobre el riesgo de naturalizar el destrato hacia las personas con discapacidad. “Si no nos sentimos servidores públicos, deberíamos dar un paso al costado”, afirmó.

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Anabel Fernández Sagasti votó a favor de la emergencia en discapacidad.

Anabel Fernández Sagasti votó a favor de la emergencia en discapacidad.

Defendió la aprobación de la ley como un primer paso para “dar dignidad” a más de 1.500.000 personas con discapacidad, y destacó que el Estado tiene una obligación legal y constitucional de cumplir con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Fernández Sagasti también apuntó contra el presidente Javier Milei, al aludir a su burla a un joven con discapacidad que reclamaba por sus derechos: “No podemos mirar para otro lado, porque eso convalida que otros hagan lo mismo en lo cotidiano”, señaló.

erró su intervención con un llamado a construir una Argentina “más vivible” y con un mensaje contundente: “No me gustaría que esta etapa se recuerde por su crueldad. Hoy dimos el primer paso para que eso no ocurra.”

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El voto de los tres mendocinos a la emergencia en discapacidad:

  • Anabel Fernández Sagasti: afirmativo.
  • Mariana Juri: ausente.
  • Rodolfo Suarez: ausente.

¿Qué establece la ley de emergencia en discapacidad?

La norma declara la emergencia nacional en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año más. Su objetivo principal es garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene jerarquía constitucional en la Argentina.

En ese marco, la ley faculta al Poder Ejecutivo a adoptar medidas urgentes, tanto legislativas como administrativas, para responder a las necesidades del sector.

Entre los puntos principales, se destacan:

  • Financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad, incluyendo una nueva figura: la Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Este beneficio podrá ser compatible con el empleo formal, siempre que los ingresos no superen dos salarios mínimos, y será gestionado por la Agencia Nacional de Discapacidad.
  • Compensación económica de emergencia para prestadores de servicios del sistema de atención integral, con actualizaciones de aranceles vinculadas al índice de movilidad jubilatoria. Se reconoce además la función social de estos prestadores como servicios de interés público nacional.
  • Régimen especial para prestadores, con condonación de deudas, refinanciación impositiva y garantías de sostenibilidad financiera para evitar cortes en las prestaciones.
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Es ley la emergencia en discapacidad en la Argentina

Es ley la emergencia en discapacidad en la Argentina

  • Fortalecimiento del empleo protegido: se actualiza el monto del estímulo mensual previsto en la ley 26.816 y se facilita el ingreso de personas con discapacidad al Régimen Federal de Empleo Protegido. Además, los empleadores que contraten personas con discapacidad accederán a exenciones del 50% en las cargas patronales por tres años.
  • Reformas normativas clave, como la redefinición legal del concepto de discapacidad en base al modelo social, la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD), y la reorganización de los mecanismos de auditoría médica y socioeconómica, con garantías de transparencia y accesibilidad.
  • Participación activa de las organizaciones representativas, a través de mecanismos institucionales de consulta con personas con discapacidad y prestadores del sistema.
  • Obligación de rendición de cuentas: el Poder Ejecutivo deberá informar anualmente al Congreso sobre la ejecución presupuestaria, la cantidad de beneficios otorgados, los pagos realizados y las políticas implementadas en el marco de la emergencia.
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