El Gobierno provincial publicó este miércoles en el Boletín Oficial el decreto con la convocatoria a elecciones locales, pero deberá rectificarlo: equivocó las fechas de finalización de mandatos.
El Gobierno provincial publicó este miércoles en el Boletín Oficial el decreto con la convocatoria a elecciones locales, pero deberá rectificarlo: equivocó las fechas de finalización de mandatos.
En concreto, el error fue indicar que el 30 de abril de 2024 finalizan su etapa la mitad de las y los legisladores y, en realidad, lo harán en diciembre.
La confusión radica en que, en Mendoza, hay un formato diferente para los periodos. Así, quienes fueron electos en 2021 (en los comicios de medio término) recién asumieron en mayo del 2022, pero no ocurre lo mismo con quienes son votados durante la elección de Gobernador. Desde la Legislatura afirmaron a SITIO ANDINO que, efectivamente, existía un error en el texto que deberá ser subsanado.
Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) serán el 11 de junio, mientras que las generales se desarrollarán durante la jornada del 24 de septiembre.
El artículo en cuestión es el siguiente:
Artículo 4º - Convóquese al Pueblo de la Provincia de Mendoza, conforme a las Secciones Electorales determinadas en el Capítulo único “Disposiciones Transitorias” de la Constitución de la Provincia de Mendoza, para que el día 24 de septiembre de 2023, proceda a elegir en Elecciones Generales a seis (6) Senadores Provinciales Titulares y ocho (8) Diputados Provinciales Titulares, por la Primera Sección Electoral; cinco (5) Senadores Provinciales Titulares y seis (6) Diputados Provinciales Titulares por la Segunda Sección Electoral; cuatro (4) Senadores Provinciales Titulares y cinco (5) Diputados Provinciales Titulares por la Tercera Sección Electoral y cuatro (4) Senadores Provinciales Titulares y cinco (5) Diputados Provinciales Titulares por la Cuarta Sección Electoral, en reemplazo de los legisladores cuyos mandatos expiran el 30 de abril de 2024. La elección se efectuará por el sistema electoral establecido en el Artículo 64 de la Constitución de la Provincia de Mendoza, Artículo 82 de la Ley Nº 2551, la Ley Nº 9375, sus modificatorias y demás normativa vigente.