sentencia civil

Rivadavia: se tropezó con un pozo y cobrará más de $3 millones

La justicia ordenó que la Municipalidad de Rivadavia indemnice a un hombre con más de $3 millones por las heridas que sufrió al caer por un pozo en la vereda.

La justicia civil condenó a la Municipalidad de Rivadavia a que indemnice a un hombre que en mayo del 2008 sufrió graves heridas al tropezar con un pozo y caer al piso.

El fallo, firmado el Juzgado Civil de Rivadavia, ordenó que la comuna indemnice a la víctima con $2.807.000, monto al que se le deberán sumar todos los intereses ocasionados desde el 2008 a la fecha, por lo que el saldo total será mucho más elevado.

El hecho en cuestión ocurrió el 13 de mayo del 2008 en calle Independencia al 200 de Rivadavia. Por allí caminaba, de oeste a este, Gregorio Martínez, quien en un momento metió de casualidad su pie en un pozo, provocando que perdiera el equilibrio y cayera al piso.

Producto de esto, la víctima sufrió fracturas y heridas de consideración en distintas partes del cuerpo, según reza la demanda.

En la presentación, el hombre aseguró que el pozo “estaba totalmente descubierto y se encontraba ubicado en forma paralela y en conexión con el lateral norte de una profunda acequia totalmente cubierta en el lugar y con rejillas que funciona como desagüe”.

En base a su descripción, afirmó que el pozo era de más de un metro de profundidad y de un metro de largo por 0,80 metros de ancho.

“Era una fosa para el arbolado público que en ese momento no se encontraba rellenada, ni tapada, o cubierta con una rejilla o con protección alguna, transformándose en una trampa para los peatones”, sostuvo Martínez en la demanda.

Lo cierto es que como consecuencia de las heridas, el hombre debió ser derivado de urgencia al hospital Saporiti, en Rivadavia, y luego al Central por la gravedad de las lesiones.

En este último centro asistencial permaneció internado una semana hasta que pudo recuperarse de las heridas.

Los jueces intervinientes establecieron que estado de la vía pública es responsabilidad de las municipalidades, esto amparándose en la ley 6.082, que habla de tránsito y transporte.

“El Municipio en virtud del poder de policía a su cargo, de la tutela y protección de la seguridad pública, debe mantener las veredas segura para el tránsito de los peatones”, aseguraron los magistrados en los fundamentos de la condena.

Por ende, ordenaron a la Municipalidad de Rivadavia a indemnizar a la víctima con el monto mencionado anteriormente.

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