Abuso sexual

Caso rugbiers franceses: rechazaron el durísimo planteo de la denunciante

Luego de la liberación de los rugbiers franceses imputados por abuso sexual, los abogados querellantes presentaron un pedido de recusación. Cómo sigue el caso.

Este lunes, el fiscal adjunto en lo penal, Gonzalo Nazar, concedió a los rugbiers franceses imputados por abuso sexual, Hugo Auradou y Oscar Jegou, la posibilidad de regresar a Francia. En ese contexto, la Justicia se expidió tras el pedido de recusación presentado por la querella.

Los abogados de la denunciante, Natacha Romano y Mauricio Cardello recusaron al fiscal Darío Nora y a la jefa de Fiscales de la Unidad de Delitos Contra la Identidad Sexual, Daniela Chales, por “haber perdido objetividad para intervenir” en el caso.

"Ante los reiterados pedidos de la defensa (desde ya prematuros) respecto al sobreseimiento y levantamiento de condiciones impuestas al momento de beneficiarlos con la prisión preventiva, en especial la orden de la medida de prohibición de salida del país, los doctores Nora y Chaler, dictaminan a favor de los imputados, colocando en riesgo el proceso, y en desprotección de la denunciante en la presente causa", expresa el escrito.

“En los dictámenes, enuncian llamativamente falta de elementos de convicción suficientes para sostener la ocurrencia del hecho en las circunstancias en el que fue denunciado, en total contradicción de su propio criterio cuando ordenan la captura y la imputación de los denunciados”, remarcan.

A su vez, el escrito destaca que los argumentos de los fiscales fueron "exiguos”, "fuera de contexto" y “sin perspectiva de género”.

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Los rugbiers acusados de abuso sexual.

Los rugbiers acusados de abuso sexual.

¿Qué ocurrió? ¿Desaparecieron de autos las constataciones de las lesiones, pudieron ingresar a las cuatro paredes donde sucedieron los aberrantes hechos denunciados?”, apuntan.

Revés para los abogados de la denunciante

Frente a ese pedido, este lunes por la tarde, y luego de permitir que los rugbiers regresaran a Francia, la Justicia dio a conocer la resolución del Procurador Adjunto en lo Penal, Dr. Gonzalo Nazar, en relación al incidente de recusación planteado y remarcó su rechazo.

"Del análisis de los argumentos materializados tanto por la parte Recusante como por los Recusados en respaldo de sus respectivas posiciones asumidas al respecto, se entiende que la causal de apartamiento del artículo 72 inciso 11° del CPP (siempre en función con el artículo 90 del mismo Cuerpo normativo) invocada por los presentantes, debe ser sin más rechazada toda vez que no se ha acreditado el supuesto alegado, esto es, la pérdida de objetividad de los Magistrados involucrados".

Según informó el Ministerio Público Fiscal, esta decisión se tomó en base a "advertirse con evidente facilidad que las decisiones plasmadas por los respectivos Fiscales en el marco del actual proceso se han traducido en actos indisolublemente ligados a su ámbito de actuación, los cuales pueden ser eventualmente discutibles en la esfera de lo Jurisdiccional para el caso de no ser compartidos por alguna de las Partes legitimadas para ello".

Desde la Justicia expresaron que es importante recordar "que el Ministerio Público Fiscal, en tanto requirente en la dialéctica procesal, está obligado a desarrollar una actuación objetiva (artículo 3 de la Ley 8.008), lo cual no puede equipararse en modo alguno a desempeñar su rol institucional como un acusador a ultranza, como pareciera pretender en este punto la Querella Particular".

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