sentencia civil

Las Heras tendrá que pagar 354 mil pesos por la muerte de un motociclista que chocó contra un montículo de arena

La Justicia le atribuyó el 40 % de la culpa a la víctima por no estar acreditado si llevaba el casco puesto. La municipalidad responderá por el 60 % restante, debiendo indemnizar a esposa, hijos y nieto.

Por Pablo Segura

A más de seis años del hecho, la Justicia condenó a la Municipalidad de Las Heras a indemnizar con 354 mil pesos a la familia de un hombre que falleció luego de chocar con su moto un montículo de arena que estaba sobre calle Independencia, en esa comuna.

Para la jueza del 18º Juzgado Civil, Alicia Boromei, no se pudo acreditar si la víctima, Luis Alberto Funes, llevaba puesto el caso, por lo que le atribuyó el 40 % de la responsabilidad en el siniestro.

Así las cosas, falló en contra de la comuna en el 60 % restante, por lo que tanto la esposa del occiso, como sus hijos y nieto, deberán ser indemnizados por daños y perjuicios.

El hecho ocurrió el 28 de marzo del 2007, a las 23.30 en calle Independencia de ese departamento. Por ahí circulaba en su moto la víctima, quien hacía trabajos de metalúrgica y era el único sostén económico de la familia.

Según la demanda, Funes se dirigía de este a oeste en su moto Gilera 50 cc, pero al llegar al 2.400 embistió su rodado contra un montículo de arena y ripio que no tenía señal precautoria, según las pericias.

A raíz de esto, el hombre perdió el dominio de la moto y fue desplazado hacia el asfalto, donde quedó tendido, gravemente herido. Ante esto, fue derivado de urgencia al hospital Central, quedando internado hasta el 31 de marzo a las 0.05, momento en el que falleció.

Su esposa, María Edith Corvalán, inició una demanda contra la Municipalidad de Las Heras, la cual recayó en manos de la jueza Alicia Boromei.

Luego de varios años de investigación, la magistrada sostuvo que no se podía “tener certeza suficiente si Funes llevaba el caso puesto”, aunque destacó que “la muerte se podría haber producido de igual manera por la fractura de la base del cráneo la que no queda protegida por el mismo”.

De esta forma, destacó: “No puede dejarse de atribuir también a la Municipalidad de Las Heras responsabilidad, atento que omitió utilizar los mecanismos de seguridad necesarios para advertir y señalizar debidamente el obstáculo que ocupaba parte de la calzada o bien, como el propio Secretario de Obras del Municipio reconoce, retirarlo  del lugar dado que la propietaria no lo había señalizado ni colocado en un contenedor”.

Por esto, determinó que la comuna debía responder por el 60% de las consecuencias, debido a que al “no haberse adoptado las medidas preventivas que las circunstancias imponían, produjo que la presencia del montículo en el lugar resultase un peligro latente para los conductores y un obstáculo dificultoso de esquivar para los mismos”.

Entonces, el fallo dicta que la mujer del difunto, los hijos de ambos, Miguel Ángel, Jaquelina Estefanía, Mónica Beatriz, Luis Gabriel, Alejandro Omar y Alberto Damián, y el nieto Alexander Joel Funes, reciban un resarcimiento económico como consecuencia de los inconvenientes afectivos y económicos que provocó la muerte del hombre.

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