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Telefónicas y prepagas dejarán de cobrar si se pidió dar de baja el servicio
La legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una ley propuesta por una diputada de Lozano para que las compañías de cable, celulares, medicina prepaga e internet interrumpan la facturación en el momento en que el cliente da de baja el servicio.
Además, la norma estipula la entrega de un certificado de baja a los consumidores o usuarios que soliciten la rescisión del servicio.
También se le prohíbe a las compañías negar la baja hasta que el cliente no salde la deuda que tiene por el servicio. La empresa podrá seguir con su derecho a exigir el pago, pero no podrá ser argumento para denegar el pedido de baja, comentó.
Busetti remarcó la necesidad de divulgar lo máximo posible la ley tanto desde el poder legislativo como del ejecutivo de la ciudad para que los consumidores estén al tanto de la nueva disposición. Según el protocolo, el ejecutivo debe promulgarla dentro de 15 días, en caso contraria se promulga automáticamente.
Consultado acerca de los pasos a seguir en caso de que una empresa no cumpla con este nuevo reglamento, Busetti afirmó que el cliente debe hacer el reclamo por escrito con copia, para que quede registro. Luego, el usuario deberá esperar la respuesta, y si esta no llega, acudir a los centros de gestión y participación que hay en las comunas, en el área de defensa al consumir. También por escrito y con copia, reforzó el defensor de los consumidores.
Fuente: La Política On Line
