- Sitio Andino >
- Economía >
Dólares en el exterior: qué hacer si llegó la intimación del Central
El BCRA comenzó a enviar cartas a las personas que efectuaron extracciones de efectivo con tarjetas de crédito. Cuál es la documentación que se necesita y cómo hay que asesorarse antes de responder.
¿Qué documentación se deberá presentar? La carta pide los resúmenes de cuenta de la tarjeta de crédito con la que se realizaron las extracciones; los comprobantes que muestren como se cancelaron los consumos que se hayan hecho, una declaración jurada que detalle la cantidad y el destino de los fondos, y la copia que demuestre el reingreso de dólares al mercado argentino.
Si no se brinda la información, el BCRA amenaza con suspender al individuo de operar en el mercado de cambios, según el artículo 17 de la Ley 19.359. En todo caso, es importante que el individuo reciba el asesoramiento de un abogado antes de presentar cualquier documentación. La carta es de un formato similar a los requerimientos de investigación antes de la formación de sumarios bajo el Régimen Penal Cambiario (RPC).
También puede pedirse "vista" de las actuaciones, con el objetivo de conocer el alcance que tiene la investigación.
Cada tarjeta de crédito posee un límite de extración y se realizan con el "dólar tarjeta", con un recargo del 20% por encima del oficial. Con un dólar de $5,18 en casas de cambio y bancos de la City, este dólar hoy cotiza en los 6,21 pesos.
El BCRA está enviando esta carta porque considera que estos adelantos no se utilizan para el consumo, sino como un medio para atesorar moneda extranjera, un mecanismo prohibido desde que se impuso el cepo cambiario. Este grueso de divisas se calcula en torno a los 25 millones de dólares anuales. Además, el organismo refuerza sus controles por la pérdida de reservas.
Fuente: Infobae
