Tal como se preveía el Tribunal de Disciplina del Consejo Federal, órgano dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino, decidió desestimar la protesta de puntos entablada por el Sport Club San Carlos ante Andes Fútbol Club, por entender que los jugadores que llegaron como refuerzos al croto alvearense no contaban con la firma del presidente y secretario de dicha liga.
Fútbol: La A.F.A. desestimó la protesta de puntos del Sport Club San Carlos
EXPEDIENTE Nº 2031/13 TORNEO DEL INTERIOR 2013
CLUB SAN CARLOS PROTESTA Buenos Aires, 4 de abril de 2013.-
AUTOS y VISTOS:
Para resolver la protesta presentada por el Club Sport San Carlos de E. Bustos contra el Club Andes Football Club, por la supuesta mala inclusión de varios jugadores en el partido que disputaron el 24 de marzo, del que resulta y:
CONSIDERANDO:
1°) El demandante señala que cuando intercambiaron las listas de buena fe y convenios de transferencia de jugadores, constataron anomalías e irregularidades en ellas, señalando las siguientes:
Indicaron que los jugadores Fernández, Héctor Eduardo; Farias FrancoDanilo; Toledano, Pablo Antonio; Miranda Milton Ariel; Orozco, Carlos Javier; Barandalla Sergio Enzo; Quiñones Cristian Fernando; Miranda Amilcar Alexis José; Barroso, Dante Ezequiel; Aguilera, Luís Edgardo, no contaban con los pases debidamente firmados y les faltaba la habilitación.
Solicitaron que se le concedan los puntos en disputa.-
La demanda fue presentada en término y se depositó el arancel que establece el Consejo.-
2°) El Tribunal dio traslado de la demanda al club acusado por nota 62/13, para que pudiera ejercer el derecho de defensa.
En su presentación, el club acusado, primeramente señala la mala fe del demandante pues el reclamo carece del debido encuadre normativo.
Que el día 17 de marzo de 2013 el club le entregó las listas de buena fe en presencia del árbitro del partido.
Que la norma del art. 21 del Reglamento del Torneo del Interior establece que las listas de buena fe deben estar integradas por jugadores debidamente inscriptos y habilitados. Que la habilitación de los pases quedó reglamentariamente acreditada en la Liga Alvearense de Fútbol el día 25 de enero de 2013.
Acompañan el acta de la Liga a fs 40 vta., donde consta la habilitación de los jugadores.
3°) La denuncia del demandante es evidentemente temeraria y ha sido una imprudente e insensata presentación que a la luz de lo normado por el artículo 1 del R.T.P., debe sancionarse con multa de un mil pesos (valor entradas doscientas). El importe depositado por el actor deberá ingresarse a la cuenta gastos de administración, según lo normado en el art. 21 del R.T.P.
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) RECHAZAR LA PROTESTA PRESENTADA POR EL CLUB SPORT SAN CARLOS POR NO HABER PROBADO LOS HECHOS QUE ALEGA (ARTS. 21, 32, Y 107 DEL R.T.P.).
2°) IMPONER AL CLUB SPORT SAN CARLOS MULTA DE MIL P ESOS (VALOR ENTRADAS DOSCIENTAS) POR DENUNCIA TEMERARIA (ART.1° DEL R.T.P.).
3°) DESTINAR EL MONTO DEPOSITADO POR EL ACTOR A LA CUENTA GASTOS DE ADMINISTRACIÓN (ART. 21 DEL R.T.P.).
4°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Andes Fútbol Club, recibirá en el partido de ida del Grupo 3 del TDI 2013, el próximo domingo a Independiente Doblas de Santa Rosa, La Pampa. La revancha se jugará el miércoles 10 de abril en La Pampa.