Luján ya tiene una ordenanza que regula la circulación de las bici-motos
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Sin embargo estos vehículos si no están equipados como corresponden puede poner en peligro la vida de quienes viajan y la de terceros. A raíz de esta situación y teniendo en cuenta que muchos de los conductores de las bici-motos no respetan las normas de tránsito, ahora Luján tiene una ordenanza que se encargará de regular la circulación de las mismas.
El proyecto es del concejal del PD, Héctor Baccani, quien consideró que las condiciones en que circulan son muy precarias y por eso estableció los requisitos para circular. En caso de que no cumplan con lo que establece la ordenanza, la policía municipal podrá sustraer el vehículo, indicó. Sin embargo aclaró que no se cobrarán multas sino que el infractor podrá retirar su bici-moto cuando cumpla con toda la reglamentación.
De esta manera quienes viajen en bici-moto podrán tener un motor de hasta 49 cc, la velocidad máxima para circular será de 30 kilómetros por hora y los conductores deberán ser mayores de 16 años.
Además como establece la ordenanza deberán tener sistema de luces frontales o delanteras de luz blanca o amarilla y luz trasera de posición color roja, visible a una distancia no menor de cincuenta metros para la circulación nocturna. Pueden ser autoalimentados (dínamo) o alternativas (batería).
También otro de los artículos obliga a utilizar un casco protector y espejos retrovisores, y no podrán ir con acompañantes. Siguiendo la misma línea con el fin de evitar accidentes no podrán circular por autopistas, rutas, bici-sendas y veredas, ni tomarse de cualquier vehículo en movimiento de mayor velocidad.
Hace (56.77 KB) y leé la ordenanza completa.