El 20 de diciembre de 1996 en cancha de Godoy Cruz se jugaba la final del torneo de la Liga Mendocina de Fútbol. Allí se enfrentaban Atlético Argentino y Chacras de Coria (hoy Academia Chacras). Eduardo Vicente Palacio, más conocido como Indio, era uno de los marcadores centrales del Boli, equipo que iba a dar la vuelta olímpica ese día, festejando así un título más para la entidad de calle Mitre.
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Un hospital privado deberá pagar más de 578 mil pesos por la muerte de un futbolista
Sin embargo, esos últimos días de 1996 no iban a ser felices ni para el Indio, ni para el club. Eduardo Palacio sufrió ese día un choque con el arquero de su equipo, el recordado Fermín Sedano, y cinco días después (durante la Navidad de ese año) falleció en el hospital privado San Juan de Dios, tras vivir un periplo y ser atendido en varios centros asistenciales y por al menos cuatro médicos de la provincia.
Su deceso conmocionó al mundo del deporte y hasta hoy, en San José recuerdan al Indio con mucho cariño. Ayer, a casi 16 años del día de su fallecimiento, la Justicia falló por el hecho, y condenó al hospital privado a pagar 578.880 pesos por la muerte del futbolista.
Por el contrario, la Justicia decidió rechazar la demanda hacia el club, la Liga Mendocina y cuatro médicos que atendieron a Palacio durante esos cinco días.
La sentencia, firmada por el juez Alfredo Dantiacq Sánchez, del Séptimo Juzgado Civil, decide que el centro asistencial deberá pagarle 212.560 pesos a cada uno de los padres del futbolista, mientras que también tendrá que indemnizar a su hija con 153.760 pesos. Todo en concepto de daños y perjuicios.
Para decidir esto los jueces aseguraron que el hospital "debe probar la culpa de la víctima o de un tercero para desligar responsabilidades". En ese sentido, enumeraron varios casos similares y destacaron que no es normal y común que quien ingresa a un nosocomio para una operación maxilar, termine perdiendo la vida.
El hecho
Lo cierto es que la muerte del Indio es casi inentendible, como otras tantas en distintos centros de salud de la provincia. El hombre sufrió una grave lesión en su mandíbula y debió salir del campo de juego.En el vestuario fue atendido por el doctor Lorenzo Di Marco, médico de Argentino, quien le realizó las primeras curaciones y le recetó analgésicos. Un día después, Palacio fue atendido en el hospital Sícoli de Lavalle, donde tenía guardia Di Marco.
El facultativo derivó al futbolista al hospital Central. Allí fueron recibidos por el doctor Alejandro Leiva, quien diagnosticó que el hombre tenía una fisura por lo que debía hacerle un arnés.
Disconformes con el diagnostico, los padres del futbolistas decidieron llevar a Palacio a su obra social, por lo que luego fueron derivados al hospital privado San Juan de Dios.
Allí, los médicos de guardia le retiraron el arnés y suspendieron toda medicación pedida antes. Asimismo aseguraron que tenía dos fracturas (en el maxilar inferior y en el mentón) y que era necesario operarlo.
Fue así como fue atendido por Carlos Bosshardt pero luego la obra social indicó que no se hacía cargo de los gastos de la cirugía, por lo que la familia recién pudo reunir el dinero el martes 24 de diciembre, día en el que finalmente fue operado.
La intervención se inició a las 16.30 y tres horas después, los médicos notificaron a la familia que Palacio había tenido que ser entubado. Un día después, el 25 de diciembre entre las 21 y 23, los médicos anunciaban el fallecimiento de Palacio.
Dentro de la conmoción y de la angustia ante este tipo de hechos, la familia luego demandó al hospital privado, como así también al Atlético Argentino, la Liga Mendocina, el médico del club Lorenzo Di Marco, el médico del Central Alejandro Leiva, el profesional que lo operó, Carlos Bosshardt y el anestesista Juan Carlos Sandobar.
Las explicaciones de los jueces
El fallo del juzgado civil, en el expediente 76.316, condenó al hospital pero rechazó la presentación para el resto de los demandados.En la sentencia, los jueces explican caso por caso su decisión. De Di Marco se aseguró que su actitud fue correcta y que a pesar de fallar en un diagnóstico derivó correctamente al paciente al hospital Central.
En cuanto al club y la Liga Mendocina de Fútbol, los jueces indicaron que existe responsabilidad de la organización cuando no se realiza el control adecuado de las cosas a su cargo causando daño a los deportistas.
Y en ese sentido, agregaron que el encuentro contó con un árbitro y la presencia de un médico y que si bien no había ambulancia, esto no es exigible.
En el caso de Alejandro Leiva, los magistrados se basaron en las pericias que indicaron que su diagnostico fue adecuado y que el profesional derivó al futbolista a un especialista máximo facial.
Por su parte, para Bosshardt se entendió que Palacio falleció, según avalaron las pericias, por ser operado al menos 48 horas más tarde de lo necesario, dejando al cirujano al margen de ese error.
En tanto que para el anestesista Sandobar, se demostró que no hubo mala praxis ya que el paciente falleció por la causa antes mencionada.