Comenzó a tratarse en la Legislatura Provincial un proyecto para establecer el uso y gestión del recurso hídrico para piscinas de uso recreativo, familiar y/o comercial, con la finalidad de preservar el recurso y su aprovechamiento para las generaciones actuales y futuras.
La iniciativa original fue presentada por los senadores Rolando Baldasso y Mercedes Rus y se está trabajando en la comisión de Recursos Hídricos.
El proyecto habla de establecer con carácter general los presupuestos mínimos de aplicación en todo el territorio provincial en relación al uso y gestión del recurso hídrico para piscinas.
De aprobarse la norma se aplicará en todo el territorio provincial independientemente del destino de vivienda ya sea permanente, temporaria, fin de semana, laboral, comercial o empresarial que tenga, comprendidos asimismo los usos mixtos, o sujetos al régimen de propiedad horizontal, se trate de viviendas unifamiliares, barrios públicos, clubes de campo, barrios cerrados, semicerrados o privados, parques industriales, empresariales o náuticos o cualquier otro emprendimiento urbanístico.
Además, queda prohibido el uso de piletas tipo "estanque", sin el equipamiento de filtrado y reciclado necesario y adecuado que permita mantener el agua en condiciones de salubridad e higiene por largos períodos de tiempo.
En el caso de "obra nueva" con piscina o pileta no se otorgará plano final de obra y habilitación edilicia si no se cumplen con las especificaciones técnicas de esta ley. Mientras que en el caso de "piletas o piscinas no declaradas o clandestinas" los municipios deberán exigir las consideraciones de esta norma.
"No se permitirán en viviendas unifamiliares piscinas o piletas con volúmenes de agua mayores a 50 m3. En caso que supere este volumen se deberá pedir autorización al organismo responsable de la distribución de agua potable en la zona y abonar el servicio de llenado mediante camión cisterna", indica la normativa.
En todos los casos que se dispongan de piletas, piscinas o cisternas en cualquier formato, se aplicará la utilización de agua potable el régimen tarifario volumétrico. El proveedor del servicio de la zona donde se encuentre la piscina (Aysam, Municipios, Operadores Comunitarios, Cooperativas), colocaran el medidor correspondiente y cambiará su régimen tarifario.