El próximo domingo 12 de septiembre se celebrarán en Mendoza y todo el país las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), que definirán los y las candidatas que competirán en las elecciones legislativas generales del 14 de noviembre.
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Dónde justificar la ausencia o pagar la multa si no votás el domingo en Mendoza
Tal como lo indica su denominación, el voto es de carácter obligatorio para todo ciudadano/a (argentino o naturalizado) mayor de 18 años; y optativo para jóvenes mayores de 16 y menores de 18, y los adultos mayores de 70.
Exenciones
Además de las cuestiones etarias, el Código Electoral Nacional prevé algunas excepciones a la obligatoriedad de votar. Estas son:
- Jueces y sus auxiliares que el día de la elección deban prestar servicios.
- Quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
- Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto electoral.
- Este año se sumó también a las personas que estén cursando la enfermedad de Covid-19 o que presenten síntomas compatibles, así como quienes deban cumplir el aislamiento obligatorio por contacto estrecho, caso sospechoso o por haber retornado de otro país en los últimos diez días, o por decisión de la autoridad competente.
Si debo trabajar el día de las elecciones, ¿estoy exceptuado?
Quienes por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el comicio, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior. No se considera como un justificativo para no emitir el voto.
¿Cómo justificar mi inasistencia a los comicios en Mendoza?
Dependiendo el motivo, la normativa contempla distintas formas de actuar para evitar la multa y sanción administrativa.
- Me encuentro a más de 500 kilómetros del lugar de votación
En este caso, el mismo día en que se celebre el comicio, el elector deberá asistir con su DNI a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre, y exponer el motivo por el cual no se presentó a votar a los efectos de solicitar una certificación escrita que justifique su imposibilidad de votar.
Luego contará con 60 días para presentar esa constancia ante la sede de la Secretaría Electoral Nacional de Mendoza, situada en Av. San Martín 678, 4º piso, de la Ciudad de Mendoza.
- Enfermedad o imposibilidad por fuerza mayor
Quienes padezcan de una enfermedad que les impida asistir al acto electoral o se encuentren imposibilitados por fuerza mayor de cumplir con la obligación de votar, deberán justificar estas causales el mismo día de la elección mediante certificados emitidos por médicos de los servicios de sanidad nacional, provinciales o municipales o bien, si no existiera otra opción, se admitirá certificado expedido por médico matriculado que ejerza en el sistema privado de salud.
Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder el día del comicio al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar tales circunstancias y entregarle el certificado correspondiente.
Dentro de los 60 días de celebrada la elección, deberá presentar el certificado ante la Justicia Federal con Competencia Electoral, situada en Av. San Martín 678, 4º piso, Ciudad de Mendoza, a fin de justificar debidamente su inasistencia.
En este punto se incluye a los positivos de Covid-19, contactos estrechos o quienes deban cumplir un aislamiento obligatorio, quienes deberán presentar el certificado correspondiente emitido por la autoridad competente.
No fui a votar y no puedo justificar mi ausencia, ¿cómo debo proceder?
Ya sea porque no se encuentra dentro de los casos previstos como excepciones o porque transcurrieron sesenta días desde los comicios y no justificó su ausencia, el o la ciudadana será pasible de recibir una multa que de $50 para las PASO, y de $100 para las generales de noviembre.
La sanción económica podrá abonarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina o personalmente en la sede de la Secretaría Electoral Nacional de Mendoza, situada en Av. San Martín 678, de Ciudad.
Para ello, primero el elector deberá constatar que se encuentra presente en el Registro de Infractores, completando el registro en ESTA PÁGINA. Una vez realizada la consulta, el sistema le permitirá acceder a la impresión de un comprobante para que pueda realizar el pago de la multa correspondiente.
¿Cuál es la sanción por no abonar la multa?
Aquellos ciudadanos que habiendo infringido en la obligación de votar y no regularizaran su situación pagando la multa correspondiente, podrán recibir las siguientes sanciones:
- No podrá ser designado/a para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección.
- No podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales.
¿Dónde me toca votar?
A raíz de la pandemia, este año se habilitaron más mesas que en elecciones pasadas, por lo que es posible que se haya modificado el lugar de votación respecto a otros comicios. Por esa razón, es importante verificar el padrón electoral, completando los datos en ESTE LINK, o bien comunicándose al 0800-999-7237.
