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demanda civil

La Corte dio vuelta un polémico fallo contra el Estado por una obra pública

Por Sección Policiales

La Corte Suprema de Justicia rechazó un pedido de resarcimiento por parte de una estación de servicio de Guaymallén que demandó al Estado por las pérdidas ocasionadas en la actividad comercial por el corte de una calle, por un mes y medio, para su repavimentación y reparación de aguas y cloacas.

El máximo tribunal dio vuelta el fallo de primera instancia, donde un tribunal había ordenado que la Municipalidad de Guaymallén indemnizara a la estación de servicio con $1.531.428, entendiendo que esa estación había dejado de percibir ganancias durante el lapso que duró la obra.

El fallo en primera instancia fue apelado por Fiscalía de Estado y la Municipalidad de Guaymallén y confirmado por la Cámara Civil que intervino. Por ello luego ambos entes estatales presentaron un recurso ante la Corte para la revisión de las sentencias.

Los organismos alegaron que corresponde aplicar las normas que regulan la responsabilidad por actividad lícita del Estado, establecidas en la ley provincial Nº 8968 y no las normas de derecho civil.

Indicaron además que la obra reporta beneficios a la firma debido a que, por las dimensiones, la calle Saavedra se convertiría en el principal acceso de Ciudad a Guaymallén, lo que equivaldría a mayores ingresos de flujo vehicular.

Incluso hicieron énfasis en que la obra era necesaria y que no podía realizarse con media calzada, como pretendía la firma, ya que, también se cambió la red de cloaca y agua, que tenía una antigüedad de más de 80 años y que era un peligro inminente de colapso de las mismas.

En tanto Fiscalía de Estado solicitó la revocación de la sentencia entendiendo que las molestias que causa la realización de una obra pública deben ser soportadas por los vecinos sin que ello implique un sacrificio especial que deba ser indemnizado, lo que implicaría una carga presupuestaria que agotaría los recursos del Estado.

La Justicia aceptó la apelación de ambos organismos, sosteniendo la constitucionalidad de la Ley que regula la responsabilidad del Estado y su aplicación al caso.

El fallo de la Corte se conoció esta semana y lleva la firma de los ministros Julio Gómez y María Teresa Day, miembros de la Sala Primera del máximo tribunal de Justicia.

Desde el Estado celebraron la decisión de los jueces supremos, debido a que se temía una ola de presentaciones judiciales ante las cientos de obras públicas de este estilo que realiza actualmente el Gobierno provincial. 

Mirá el fallo completo:

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