El Gobierno promulgó la ley 27.562 de ampliación de la moratoria fiscal, que permite a personas físicas y jurídicas poder pagar deudas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas al 31 de julio en planes de entre 48 y 120 cuotas. Y prevé premios para los contribuyentes cumplidores.
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Inicia la moratoria impositiva: planes hasta en 10 años desde noviembre, con premios y castigos
Se trata de la norma sancionada por el Senado el 13 de agosto pasado, que quedó ahora promulgada con su publicación en el Boletín Oficial hoy. Para acceder a los beneficios, los deudores deben inscribirse hasta el 31 de octubre en el plan cuyo primer pago vencerá el 16 de noviembre: las deudas previsionales se podrán pagar entre 48 y 60 cuotas y las tributarias en 96 o 120 cuotas, con un interés del 2% mensual hasta enero de 2021 y en adelante a una tasa variable.
La caducidad de la moratoria será por falta de pago de tres cuotas para grandes empresas y de seis para micro, pequeñas y medianas empresas. Y, con el objetivo de normalizar deudas por más de $500 mil millones, contempla estímulos y también castigos.
Condonación de cuotas y descuento al contado
Las empresas grandes que adhieran no podrán en los próximos 2 años distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder a la compra de dólares para realizar pagos a entidades vinculadas, según establece la ley. El acceso a la moratoria está vedado para quienes tengan activos financieros en el exterior y no repatríen al menos 30% en 60 días.
Además, se fija un premio para cumplidores y, en el caso del monotributo, una condonación del componente impositivo inversamente proporcional por categorías: las A y B dejarán de pagar 6 cuotas, las C y D, 5. En el caso de las E y F, el perdón será 4 cuotas, para la G, 3; y las I, J y K, 2.
En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los $ 17.500, habrá un descuento del 15% para quienes paguen al contado. Por otra parte, la normativa incluyó a las organizaciones comunitarias como beneficiarias de la moratoria, lo que conlleva la suspensión de acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal.