La Fiscalía Federal de San Rafaeldesistió de acusar al propietario de una dietética donde se constató la comercialización de crema y aceite de cannabis. En la resolución judicial, el fiscal subrogante Abdón Bittar prescinde "totalmente del ejercicio de la acción penal pública" por "tratarse de un hecho que por su insignificancia no afecta gravemente el interés público".
La causa se inició el 5 de abril de 2018 tras una denuncia anónima al sistema "Fonodroga", en la cual se daba cuenta de un negocio de avenida Alvear Oeste en donde se venderían productos derivados de la marihuana.
El 8 de junio la justicia ordenó un allanamiento, mediante el cual secuestraron cuatro bolsas con folletos informativos de las propiedades medicinales del cannabis, 39 frascos con la inscripción "aceite de cannabis", 11 con la inscripción "loción de cannabis" y diez con la inscripción "crema de cannabis".
En los fundamentos del dictamen se especifica que por "tratarse de un hecho de tan poca relevancia (...) no merece la atención del sistema de justicia penal". Pese a que el funcionario reconoce que el vendedor incurrió en una conducta delictiva (tenencia de estupefacientes), la escasa potencialidad lesiva del producto y el propio comportamiento del acusado (ofrecía las cremas como una mercadería más de su comercio), no supone "una defraudación de tal magnitud que justifique la intervención del poder punitivo del Estado".
Asimismo, destaca que las cremas, aceites y sprays no pueden tener el mismo tratamiento jurídico/penal que otras drogas como la cocaína, el ácido lisérgico, o incluso un cogollo de marihuana.
En ese sentido, explica que la criminalización estaría justificada si se tratase de una "organización que comercializa a gran escala ese elemento", aunque este no sería el caso.