Este fin de semana largo en Mendoza comenzaron a realizarse las reuniones familiares, luego de que el gobernador Rodolfo Suarez lo autorizara a través del Decreto 635, el cual establece que estos encuentros pueden hacerse los días sábados, domingos y feriados de 9 a 23; y no pueden superar las diez personas en el mismo domicilio.
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Las reuniones familiares se realizaron sin inconvenientes y no hubo multas
En la primera prueba de este reencuentro con los seres más cercanos, tras más de dos meses de aislamiento social, preventivo y obligatorio, no se registraron inconvenientes, la medida se respetó como indica el protocolo y no hubo multas.
Tanto desde el Ministerio de Seguridad como del Juzgado de Faltas de turno informaron que no se efectuaron contravenciones y no hubo contratiempos que lamentar. Si bien se registraron algunas denuncias al 911 o al 148, cuando los efectivos policiales se dirigieron al lugar certificaron que no hubo ningún tipo de incumplimiento.
Además, desde la Policía de Mendoza reafirmaron el buen accionar de la sociedad mendocina y el alto acatamiento de la población para con el decreto publicado por el Gobierno provincial.
Cabe recordar que los controles están a cargo de la Policía y de los municipios. Además, en el número 148 se puede denunciar a los infractores. Las sanciones prevén multas de 50 mil pesos para aquellas personas que no respeten la normativa.
Protocolo para reuniones familiares dispuesto por el Gobierno
- Las reuniones familiares autorizadas por la presente norma, están limitadas a grupos familiares de cercanía, tanto en las condiciones determinadas por el art. 1°, como por su situación geográfica.
- Para casos de personas mayores de 60 (sesenta) años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados.
- A los fines de la reunión, no habrá limitaciones en razón del número de DNI.
- Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
- Bajo ninguna circunstancia podrán realizarse reuniones sociales o juntadas que no sean exclusivamente familiares.
- La presente disposición NO implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares, los cuales se encuentran expresamente prohibidos.
- Para el caso que se detecten reuniones que incumplan esta normativa, quedan habilitados para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911 y la app 148 Mendoza (descarga en playstore), o en la web www.mendoza.gov.ar/consultas/
- Se recomienda que la reunión se realice en un espacio abierto o con adecuada ventilación.
- No podrá haber más de diez (10) personas reunidas en el mismo domicilio.
- No podrá utilizarse el transporte público para desplazarse hacia el lugar de reunión.
- Se deberá concurrir con tapaboca y/o barbijo.
Medidas de higiene recomendadas
- Disponer de solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel en el domicilio.
- Desinfectar los pisos y los utensilios o implementos utilizados una vez finalizada la reunión.
- No compartir utensilios o vajilla.
- Mantener distancia de al menos 2 metros entre personas.
- Evitar en la medida de lo posible el contacto físico con otras personas.
- Higienizarse las manos frecuentemente con agua y jabón o en su defecto con alcohol en gel o solución sanitizante.
- Usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización en bolsa de residuos.
- Evitar tocarse el rostro con las manos.
El decreto establece que quedan exceptuadas de las reuniones familiares:
Aquellas personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con el Virus-COVID SaRS-CoV-2 tales como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas, quienes deberán seguir los protocolos pertinentes dispuestos por la autoridad Sanitaria Provincial.
Quien haya estado en contacto, en los últimos 21 (veintiún) días: con individuos que hayan presentado los síntomas precedentemente indicados; con pacientes confirmados de Virus-COVID SaRS-CoV-2; con personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para Virus-COVID SaRS-CoV-2.
El incumplimiento del protocolo será penado con una sanción de multa de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda y cada Municipio será el encargado de controlar que las personas cumplan con lo establecido y lo recaudado de las multas irá destinado al sistema de salud de la Provincia o del Municipio, según quien hubiere constatado la infracción.